Reforma del régimen especial de IVA para empresarios y profesionales con menor facturación por la Ley Tributaria 2024 | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Reforma del régimen especial de IVA para empresarios y profesionales con menor facturación por la Ley Tributaria 2024

29/11/2024
| Frank Behrenz
Reform der umsatzsteuerlichen Kleinunternehmerregelung durch das Jahressteuergesetz 2024

En nuestras contribuciones a las ediciones de abril de 2019 y mayo de 2020 de este boletín informamos sobre las disposiciones especiales de la legislación alemana para el tratamiento a efectos del IVA de empresarios y profesionales con menor facturación y sobre su no aplicación en un contexto transfronterizo. La Directiva (UE) 2020/285 y el art. 2 de la Directiva (UE) 2022/542 prevén cambios en la legislación de la UE sobre el IVA de las pequeñas y medianas empresas, de modo que los Estados miembros de la UE ahora pueden optar por la aplicación transfronteriza del régimen a partir del 01/01/2025 para este grupo determinado.

La Ley Tributaria 2024, adoptada por el Parlamento Federal el 18/10/2024 y aprobada por el Consejo Federal el 22/11/2024, modifica fundamentalmente las normas sobre la fiscalidad de empresarios y profesionales con facturación menor con efectos a partir del 01/01/2025. En el futuro, los mismos tendrán que ser tratados, previa solicitud, como contribuyentes que realicen operaciones exentas que están excluidas de la deducción del IVA soportado. A partir del 01/01/2025 las operaciones realizadas en Alemania (excluidas la importación y la adquisición intracomunitaria), a modo de entregas y servicios, están exentas del IVA si el volumen de negocios neto (excluido el IVA) de las entregas y servicios sujetos en Alemania, calculado sobre la base de las contraprestaciones efectivamente recibidas, no superó los EUR 25.000 en el año anterior y no superará los EUR 100.000 en el año calendario en curso. Si se supera el límite máximo, solamente estarán sujetas al IVA las operaciones realizadas luego de haberse superado el límite máximo.

La principal innovación de las regulaciones a partir del 01/01/2025 es la exención fiscal para empresarios y profesionales con facturación menor para transacciones realizadas en otros países de la UE. Para ello, es necesario solicitar el nuevo NIF-IVA de empresarios y profesionales con facturación menor, que recibe el sufijo «EX», así como la nueva declaración complementaria de las operaciones realizadas en los distintos Estados miembros de la UE, a la Oficina Federal Central de la Administración Tributaria Alemana, que comunica los datos de facturación a los distintos Estados miembros de la UE con el fin de comprobar el cumplimiento de los límites del volumen de negocios. La renuncia de la exención transfronteriza con un cambio al régimen normal surtirá efecto a partir del comienzo del trimestre siguiente, y en el caso de una exención en el último mes de un trimestre natural, a partir del comienzo del segundo mes del trimestre siguiente. Las nuevas normas prevén una factura simplificada para los empresarios y profesionales con facturación menor que están exentos de la obligación de emitir una factura electrónica (véase nuestra contribución a la edición de octubre de 2024 de este boletín).

En aplicación del art. 284, ap. 2, de la Directiva del IVA, las disposiciones antes mencionadas también se aplican mutatis mutandis a las empresas y profesionales establecidos en otros Estados miembros de la UE que realicen operaciones sujetas en Alemania y dispongan de un NIF-IVA para empresarios y profesionales con facturación menor expedido por su Estado miembro de residencia. Debido a la complejidad de las nuevas regulaciones se recomienda buscar asesoramiento fiscal con experiencia en casos individuales.

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