Nueva regulación del registro horario en España: ¿qué cambia para las empresas?
Desde el año 2019, en España quedó establecida la obligación para todas las empresas de llevar un registro diario de la jornada de sus trabajadores, el cual debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora. Este registro debe conservarse durante, al menos, cuatro años.
En la práctica, muchas empresas cumplieron con esta obligación utilizando sistemas poco fiables, como pueden ser hojas de papel o un documento de Excel, fácilmente manipulable.
Es por ello que el Gobierno ha presentado un borrador de Real Decreto en el que se introducen importantes novedades en este registro de jornada, con el objeto de implementar sistemas más estrictos para las empresas, convirtiendo el registro horario en un instrumento mucho más robusto, transparente y controlable. El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente tramitar con urgencia esta normativa, lo que reduce plazos para su entrada en vigor.
Entre los cambios debemos destacar:
- La obligatoriedad de un registro digital y verificable: se pretende que el fichaje sea online, inalterable, accesible y que deje huella de entrada, salida, pausas y otras circunstancias.
- Que el registro sea más detallado: deberá recoger, como contenido mínimo, la hora y el minuto de inicio y finalización de la jornada diaria, número de horas ordinarias, extraordinarias o complementarias, la modalidad (presencial o a distancia), la parcialidad del contrato, las pausas no consideradas tiempo de trabajo efectivo, etc.
- Una gestión de modificaciones: para realizar un cambio en los registros de una persona trabajadora, se requerirá la autorización de ésta y de la empresa, quedando constancia de tal modificación y el motivo de la misma.
- Derecho de acceso y consulta: las personas trabajadoras y sus representantes tendrán el derecho a acceder y obtener copia de los registros de forma inmediata, garantizando la protección de datos personales. Así mismo, la Inspección de Trabajo tendrá la posibilidad de acceder a estos registros de forma remota.
Como hemos indicado, el borrador de la norma, impulsada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, está en fase de consultas y no es definitiva, pero es recomendable que, ante este escenario, las empresas se anticipen y empiecen a adaptarse, a través de la adopción de determinadas acciones, como pueden ser:
- Revisión de los sistemas de registro: evitar la utilización de registros en papel o documentos Excel, buscando soluciones digitales que cumplan los requisitos de inalterabilidad, trazabilidad y acceso remoto.
- Definición de políticas internas claras: documentar políticas de fichaje, pausas, teletrabajo, modificaciones de horario, etc.
- Formación y comunicación al personal: las personas trabajadoras deben entender el nuevo sistema de registro.