¿Tiene más de 50 trabajadores? Ampliación de la obligación empresarial en materia de planes de igualdad | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

¿Tiene más de 50 trabajadores? Ampliación de la obligación empresarial en materia de planes de igualdad

31/05/2019
| Sandra Burmann, Carlota Aguirre de Cárcer Luitjens
Mehr als 50 Mitarbeiter? Erweiterung der Verpflichtung für Unternehmen im Bereich der Gleichstellungspläne

Tras la aprobación del Real Decreto-Ley 6/2019 de “Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”, se da un paso adelante con las obligaciones en materia de igualdad entre hombres y mujeres, pues se extiende la exigencia de redacción de los planes de igualdad a empresas de 50 o más trabajadores. Cabe recordar que anteriormente solo era obligatorio negociarlo en empresas de más de 250 empleados. Esta nueva obligación de aprobar un plan de igualdad se irá integrando de forma progresiva:

  • A partir del 7.3.2020, deberán aprobarlo las empresas con más de 150 y hasta 250 personas trabajadoras.
  • A partir del 7.3.2021, deberán aprobarlo las empresas con más de 100 y hasta 150 personas trabajadoras.
  • A partir del 7.3.2022, deberán aprobarlo las empresas de entre 50 a 100 personas trabajadoras.

Se regula que las medidas y objetivos del plan han de ser evaluables y que el contenido debe ser negociado con los representantes de los trabajadores. Para la consecución de los objetivos fijados, los planes de igualdad deberán contemplar y tratar, entre otras, las materias de acceso al empleo; clasificación profesional; promoción y formación; retribuciones; ordenación del tiempo de trabajo para favorecer, en términos de igualdad entre mujeres y hombres, la conciliación laboral, personal y familiar, y prevención del acoso sexual y del acoso por razón de sexo. Asimismo, se creará un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, en el cual las empresas tendrán que inscribir sus planes de igualdad y el empresario está obligado a llevar un registro salarial desglosado por sexo y grupos profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. A través de la representación legal, los trabajadores tendrán derecho a acceder a la información contenida en este registro. No debe olvidarse que el incumplimiento de las obligaciones relativas a los planes y medidas de igualdad podrá ser sancionado por la Inspección de Trabajo.

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