Régimen jurídico de las vacaciones en España | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Régimen jurídico de las vacaciones en España

30/06/2017
| Karl H. Lincke
Gesetzlicher Urlaubsanspruch in Spanien

Las vacaciones en España están reguladas en el Estatuto de los Trabajadores (E.T.), aplicable tanto a los trabajadores a jornada completa como parcial. El período de vacaciones anuales retribuidas no puede ser inferior a treinta días naturales o 22 laborables; el trabajador debe conocer las fechas con al menos 2 meses de antelación, salvo que el convenio colectivo establezca un plazo superior.

Como norma general, las vacaciones no disfrutadas no pueden ser retribuidas y el trabajador debe disfrutarlas dentro del año natural en el que se generen. En consecuencia, el empresario no está obligado a compensarle económicamente por los días no disfrutados, salvo si hubiera extinción del contrato. En concreto, en los contratos formalizados con empresas de trabajo temporal (ETT) de duración inferior a un año, se retribuirán tales vacaciones al finalizar la relación laboral como norma general.

En el caso de coincidir la planificación anual de las vacaciones con una incapacidad laboral, por maternidad o embarazo, se podrán disfrutar en un periodo distinto aunque hubiera finalizado el año natural. En caso de que coincidan debido a otras contingencias a las anteriores señaladas, el trabajador podrá disfrutarlas una vez que le den el alta, siempre y cuando no hayan transcurrido más de 18 meses a contar desde el final del año en que se hayan originado.

La normativa laboral en España estipula que las vacaciones anuales han de ser pagadas en función del salario habitual del trabajador, siempre que se trate de un contrato a jornada completa. En aquellos de duración determinada, tanto la cuantía a pagar como la duración de las vacaciones serán proporcionales al periodo trabajado.

En caso de insolvencia de la empresa, será el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) quien se encargue del pago de las vacaciones adeudadas, dentro de los límites establecidos por la ley.

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