Nuevas obligaciones para los empresarios en materia de salud y seguridad laboral debido a condiciones meteorológicas extremas (olas de calor)
Según las estadísticas, el número de muertes por calor extremo en España el año pasado se multiplicó por cinco con respecto a 2015. Esto afectó a los trabajadores que trabajaban al aire libre en condiciones climáticas como el calor extremo con temperaturas de hasta 46 grados.
Este hecho ha llevado al legislador español a adaptar los requisitos en materia de seguridad laboral. El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, adaptó así el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se regulan los requisitos mínimos de seguridad y salud en el trabajo.
Por tanto, los empleadores estarán obligados a comprobar las medidas de seguridad laboral existentes en sus empresas y adaptarlas en consecuencia una vez que la ley entre en vigor. En concreto, existe la obligación de que en los lugares de trabajo que se encuentren al aire libre o que no puedan cubrirse, se deberán adoptar las medidas oportunas para proteger a los trabajadores “de cualquier riesgo derivado de condiciones meteorológicas adversas, incluidas las temperaturas extremas”.
El ajuste debe evaluarse desde la perspectiva de la situación de riesgo, teniendo en cuenta la actividad y las características personales de cada trabajador. Si no se puede conseguir la protección de esta manera, existe la prohibición de trabajar durante las horas diurnas de calor extremo. En el caso de infracción de estas disposiciones, las empresas podrían afrontar sanciones hasta 983.736 euros.
Además, se introdujo la obligación de ajustar la jornada laboral, incluida la reducción de la jornada laboral, si la Agencia Estatal de Meteorología emite advertencias naranjas o rojas sobre condiciones climáticas desfavorables y las medidas preventivas establecidas hasta este momento en el lugar de trabajo no son suficientes.
Estas obligaciones se aplican a todos los lugares de trabajo, pero especialmente a los siguientes:
- Los medios de transporte que se utilicen fuera de la empresa o del lugar de trabajo, así como los lugares de trabajo que se ubiquen dentro de los medios de transporte
- Obras de construcción temporales o móviles
- Las industrias de extracción
- Los buques de pesca
- Los campos de agricultura, bosques y otros terrenos forestales
Resumen: A partir del 12 de mayo de 2023, los empresarios deberán revisar y adaptar sus medidas de seguridad y salud en el trabajo relacionados con fenómenos meteorológicos como las temperaturas extremadamente altas, teniendo en cuenta las circunstancias personales de cada trabajador y su puesto de trabajo. En casos extremos, la jornada de trabajo debe ajustarse o incluso reducirse.