Normativa de contratación de trabajadores de ETT extranjeras en España
![Regeln zur Einstellung befristeter Arbeitnehmer von Zeitarbeitsfirmen in Spanien](/sites/default/files/2020-03/12-derecho-laboral_45.png)
En una empresa, un aumento repentino de trabajo puede hacer necesaria la contratación de más personal. Los trabajadores pueden proceder de agencias de empleo, de solicitudes espontáneas, o de empresas de trabajo temporal (ETT). Estas últimas son empresas, reguladas en la Ley 14/1994 del 1 de junio, que, mediante un contrato de puesta a disposición con la empresa usuaria, ponen a su disposición trabajadores por un tiempo determinado. Adicionalmente, la Ley 15/199 de 29 de noviembre regula el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transfronterizos.
De esta manera, las empresas pueden recurrir a la contratación de trabajadores procedentes de empresas de trabajo temporal extranjeras, no sólo por la rapidez de la puesta a disposición de los mismos, sino también en base a la especialización y a las ventajas económicas que ofrece esta alternativa (el empresario, por ejemplo, no debe pagar las cotizaciones a la Seguridad Social).
No obstante lo anterior, los casos que ofrecen la posibilidad de este tipo de contratación son limitados y se requieren determinadas exigencias formales para el contrato de puesta a disposición. Algunas de ellas son:
- Este tipo de contratación queda limitado a los casos previstos para trabajadores de duración determinada (art. 6.2 LETT)
- El contrato debe constar por escrito (art. 6.3 LETT)
- Está prohibida la contratación del trabajador por parte de la empresa usuaria tras la finalización del contrato de puesta a disposición (art 7.3 LETT)
- Está prohibido recurrir a trabajadores procedentes de ETT en caso de huelga, o cuando la empresa hubiera suprimido puestos de trabajo injustificadamente en los 12 meses anteriores
Cabe señalar que los trabajadores procedentes de ETT están sometidos a las mismas normas que los trabajadores contratados directamente en España (salario mínimo, normativa aplicable, etc.).