La indemnización por despido improcedente en España
La indemnización por despido en España depende de tres factores:
- Salario bruto anual del trabajador.
- Antigüedad en la empresa: A la hora de contar los meses de antigüedad del trabajador para la indemnización si se trabaja un día de un mes, es como si se hubiese trabajado el mes completo.
- Tipo de despido: Actualmente solamente tienen derecho a indemnización los despidos objetivos e improcedentes. Un despido procedente no da derecho a cobrar una indemnización, aunque sí al finiquito.
Dependiendo de la fecha de incorporación del trabajador a la empresa, el cálculo de la indemnización por despido improcedente se hará de distinta forma:
- Si el contrato fuera posterior al 12 de febrero de 2012, la indemnización será de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
- Si el contrato fuera anterior al 12 de febrero de 2012, la indemnización se calculará en dos tramos:
- Por el tiempo transcurrido hasta el 12/02/2012, siendo la indemnización 45 días de salario por año trabajado (con un máximo de 42 mensualidades)
- Por el tiempo trabajado a partir del 12/02/2012, siendo la indemnización de 33 días.
La indemnización total consta de 720 días de salario, salvo que el cálculo devengado en el primer tramo sea superior. La cuantía final de dicha indemnización se obtendrá sumando ambos tramos. La antigüedad se calcula prorrateando por meses los períodos de trabajo inferiores al año.
Cuando una empresa despide a un trabajador mediante despido objetivo debe entregarle, junto a la carta de despido, una indemnización de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades (La indemnización nunca podrá superar el resultado de multiplicar el salario mensual por 12).