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Correo publicitario abusivo – Trampas en el consentimiento

29/09/2017
| Dr. Heike Freund, LL.M.
Belästigende E-Mail-Werbung – Fallstricke bei der Einwilligung

Los E-mails se utilizan de forma generalizada para comunicarse con (futuros) clientes. Sin embargo, para limitar la inundación publicitaria del correo electrónico se exigen unos estrictos límites a este tipo de publicidad vía E-mail. Así, es necesario que exista un consentimiento previo y expreso del destinatario (consumidores o empresarios), consentimiento que deberá aportarse por el anunciante en caso de litigio. Quienes recogen direcciones de correo en Internet sólo pueden llevar a cabo esta función a través de un “double opt-in”, es decir, hacer clic en un enlace de confirmación enviado por email al titular del correo. No obstante, hay una excepción al requisito del consentimiento cuando se haya obtenido del cliente su dirección a través de una venta anterior de bienes o servicios; se use la dirección para publicidad directa de sus propios bienes o servicios similares; el cliente no se haya opuesto expresamente a este uso; y se le haya informado clara e inequívocamente de su derecho de oposición.

El consentimiento debe ser específico en cada caso. No obstante, el Tribunal Supremo ha detectado recientemente un consentimiento general oculto y lo ha considerado nulo, ya que no se puede identificar a qué productos se refiere dicho consentimiento. Entre otras cosas, porque las empresas de marketing hacen publicidad muy diferente también en nombre de terceros (STS 721/15).

Según confirmaba recientemente el tribunal, el concepto de publicidad se entiende en sentido amplio, cubriendo incluso las encuestas de satisfacción de clientes, ya que éstas sirven para comunicarse con ellos y promocionar posibles negocios. Si no hay un consentimiento que permita la realización de una encuesta de satisfacción, será igualmente necesario que se cumplan los requisitos anteriormente comentados, en particular, la información sobre el derecho de oposición (TSJ Berlín 5 W 15/17).

Para evitar amonestaciones se recomienda examinar cuidadosamente los procesos de obtención y documentación de autorización necesaria.

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