Tratamiento fiscal de la entrega de botellas de vino para promocionar las ventas
La Dirección General de Tributos en su contestación a la consulta vinculante V0811-16, de 01 de marzo de 2016, analiza la fiscalidad de la entrega gratuita de botellas de vino por parte de una empresa dedicada a la elaboración y embotellado de vinos a sus clientes potenciales.
En dicha contestación la DGT concluye que en el Impuesto sobre Sociedades las entregas gratuitas de botellas de vino a clientes potenciales se entienden gastos realizados para promocionar las ventas de la entidad consultante, por lo que serán fiscalmente deducibles siempre que cumplan los requisitos en términos de inscripción contable, devengo y justificación documental.
Por el contrario, en el IVA, la misma entrega a título gratuito constituye la realización de una operación asimilada a una entrega de bienes que se encuentra sujeta y no exenta del IVA, por lo que la empresa debe expedir la oportuna factura y consignar el importe de la cuota devengada correspondiente en la declaración-liquidación periódica del IVA.