Trampas en una declaración de voluntad unilateral
No es raro que las rescisiones (Kündigungen o Rücktrittserklärungen), las revocaciones o las impugnaciones sean efectuadas en las operaciones comerciales por un representante, en lugar de por el declarante (Erklärender) original. Puede tratarse de una persona cercana al declarante (p.ej., su cónyuge), pero también de empleados de una empresa. Para esta situación, el Derecho alemán contempla una norma que puede pasarse por alto fácilmente; puesto que el apoderado debe adjuntar al escrito correspondiente el poder original del representado. En caso contrario, el destinatario de dicha declaración (rescisión, revocación, etc.) tiene la opción de rechazar inmediatamente la carta por no ser válida en cuanto a la forma. Entonces podría darse el caso, p.ej., de que la recepción de una declaración de rescisión por la otra parte contractual no fuera válida, lo que podría tener consecuencias considerables, especialmente si tal declaración de voluntad unilateral tuviera que ser efectuada dentro de un determinado plazo. En el caso de un contrato de alquiler, ello podría dar lugar a una ampliación de la duración en base a lo pactado contractualmente y a que sólo pueda rescindirse bastante tiempo después.
La norma correspondiente -el § 174 del Código Civil alemán (BGB)- no parece encajar bien en la vida empresarial actual, en gran medida digitalizada, sobre todo porque, p.ej., ahora es posible celebrar juntas de accionistas y juntas generales virtuales. No obstante, la regla sigue siendo aplicable. Esto se debe al hecho de que el destinatario de la declaración debe tener la certeza mediante el envío del poder original de que el declarante en el momento de efectuar la rescisión, etc., seguía estando apoderado y de que el poder no había sido revocado con anterioridad, ya que entonces el poderdante también habría exigido la devolución del poder original.
En la práctica, ello implica, naturalmente, que tales declaraciones de voluntad unilaterales no pueden transmitirse electrónicamente y, por lo tanto, en el caso de asuntos sujetos a plazos, debe tenerse también en cuenta el plazo de entrega por correo postal.