Terminación de contratos de agencia por motivo grave
En muchos sectores de distribución de productos resulta muy útil, también en tiempos de la comercialización online, la intervención de los agentes comerciales, para algunos productos resultan indispensables. Esto se aplica en particular a las máquinas o equipos más complejos, en los que los agentes comerciales suelen aportar también una gran experiencia técnica y específica del sector y están a disposición del cliente para asesorarle antes y después de la celebración de la transacción.
Sin embargo, en muchas relaciones con agentes comerciales llega un momento en el que los fabricantes de productos desean separarse del agente comercial sin que ello tenga consecuencias financieras importantes para ellos. Por lo tanto, no son infrecuentes las rescisiones extraordinarias con la esperanza de excluir la reclamación de compensación legal en virtud del Código de Comercio alemán. Esta reclamación de indemnización se basa en una directiva europea y, por tanto, se aplica de distintas formas en todos los países de la Unión Europea.
No obstante, no es tan fácil privar a un agente comercial de su derecho a indemnización. Esto se debe a que la rescisión extraordinaria sólo es admisible si el empresario (fabricante) tiene una causa justificada, que deba provenir regularmente de la persona o de la esfera del agente comercial. La rescisión extraordinaria sólo es válida si no cabe esperar razonablemente que el empresario dé un preaviso ordinario de rescisión debido a la gravedad del incumplimiento del contrato. Por tanto, la cuestión de si cabe esperar razonablemente que el empresario continúe la relación contractual debe examinarse desde dos puntos de vista: en primer lugar, si el motivo de la rescisión es tan grave que no cabe esperar razonablemente que el empresario continúe el contrato (p.ej., debido a un claro abuso de confianza) y, en segundo lugar, si no cabe esperar razonablemente que el empresario continúe trabajando con el agente comercial hasta el final del plazo de preaviso ordinario.
Sólo si se cumplen estas dos condiciones podrá prosperar una rescisión extraordinaria por parte del empresario. La consecuencia de ello es que ya no se aplica el derecho legal del agente comercial a una indemnización. Pero cuidado: esta consecuencia jurídica sólo se produce si el motivo de la rescisión ya figuraba expresamente en la carta de rescisión. A este respecto -a diferencia de cuando sólo se trata de la validez de la rescisión- no es posible añadir motivos durante el proceso.