Sentencia del Tribunal Supremo sobre pago de primas a terceros por ganar
Mediante sentencia de fecha 13 de enero de 2023, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre la cuestión de si pagar primas a jugadores de otro club por ganar partidos cumple con el tipo de “corrupción deportiva”, castigado en el artículo 286bis apartado 4 del Código Penal.
En esta sentencia se juzgaba, entre otros hechos, que directivos del Club Atlético Osasuna pagaron una prima de € 400.000 a jugadores del Real Betis por ganar su partido de Primera División en la penúltima jornada de la temporada 2013/14 contra un rival directo por el descenso del Osasuna, Real Valladolid.
De acuerdo con la opinión mayoritaria de la doctrina, el Tribunal Supremo declara que el hecho de incentivar jugadores de otro equipo para ganar un partido no es constitutivo de delito y no merece castigo penal.
Esto puede parecer lógico, sin embargo, es importante tener en cuenta que el texto literal de la norma no excluye primas por ganar, ni tampoco exige expresamente dejarse perder en el evento deportivo.
El Tribunal Supremo se basa en varios motivos para modificar la sentencia de segunda instancia. En primer lugar, y siendo el argumento más importante, indica que incentivar para ganar un partido no infringe el bien jurídico protegido, que es el juego limpio. Considerando que la obligación de cualquier deportista es ganar los partidos, pagar una prima por ganar no va en contra de esta obligación, y, por lo tanto, tampoco en contra del principio de juego limpio. En relación con este argumento, el Tribunal Supremo se refiere a la práctica común de incluir primas por ganar en el salario de los futbolistas, e indica que no sería lógico considerar lícita está práctica si lo aplica el club al que pertenece el jugador, y delictivo cuando lo hace un tercero.
Este argumento se ve reforzado mediante comparación con el derecho penal alemán, ya que la norma equivalente, § 265d StGB, incluido recientemente en el código penal alemán y que persigue la misma finalidad, exige manipulación a favor del contrario, es decir, que se perjudique el resultado en contra del deportista o de su equipo. Solamente en estos casos donde se paga por perder, se priva al deporte de competición de su característica más importante, el aspecto competitivo.
Por último, el Tribunal Supremo indica que tampoco puede ser delito desde un punto de vista subjetivo, ya que lo que no puede conseguirse voluntariamente o es imposible, no puede ser sancionable penalmente. En este sentido, ganar un partido no está en manos del jugador, porque hay otro equipo o deportista que también pretende ganar, mientras que perder un encuentro sí depende exclusivamente de su voluntad.
Aunque la sentencia cierra la puerta del derecho penal, deja abierta la posibilidad de sanciones administrativas o deportivas por pagar o aceptar primas por ganar.