Seguro RC para Directivos: Falta de cubertura en caso de reclamación por no cumplir con la normativa aplicable en situación de crisis | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Seguro RC para Directivos: Falta de cubertura en caso de reclamación por no cumplir con la normativa aplicable en situación de crisis

30/11/2018
| Florian Roetzer, LL.M.
D&O Versicherung: Kein Versicherungsschutz für die Inanspruchnahme eines Geschäftsführers aus § 64 GmbHG

Hoy en día es práctica común para empresas concluir un seguro de responsabilidad civil para cubrir sus órganos de administración (Seguro RC para Directivos). Ahora bien, en la práctica puede observarse cómo se alza una y otra vez la interrogante acerca del alcance de protección que tal seguro puede de hecho ofrecer.

En este campo ha surgido una nueva sentencia, pronunciada por el Tribunal Superior de Justicia de Dusseldorf en su sentencia I-4 U 93/19 de 20.7.2018. Dicha resolución se ocupaba con definir si la cobertura del seguro se extendía a reclamaciones dirigidas contra el administrador sobre la base del art. 64 de la Ley alemana sobre las Sociedades de Responsabilidad Limitada (GmbHG). Efectivamente, tal disposición establece la obligación del administrador a reembolsar pagos efectuados tras haber entrado la empresa en situación de insolvencia. Esta normativa sirve de base para la interposición de reclamaciones por una sociedad contra su propio administrador y busca proteger a los acreedores de una disminución de la masa concursal. El administrador sólo queda exento del deber de devolución en caso de que hubiera éste realizado tales pagos actuando con la suficiente diligencia como sería relevante si los pagos no condujeron a una disminución de la masa concursal.

En el caso de Dusseldorf ya se había resuelto sobre el derecho de reclamación de la sociedad frente al administrador. Lo que no estaba claro era si el Seguro RC para Directivos existente cubría esa reclamación. El tribunal estableció que no existía cobertura y ello porque, a su parecer, no puede equipararse el derecho al reembolso definido en el art. 64 GmbHG con un derecho de reclamación de daños y perjuicios. Dicha norma busca proteger el mantenimiento de la masa concursal manteniendo intacta la misma para permitir su futura distribución entre los acreedores. Ahí justamente radica – según el tribunal – la diferencia con una reclamación por daños y perjuicios causados.

Atención, pues, en la práctica a la hora de cumplir con la normativa aplicable en situación de crisis de la GmbHG.

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