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Regulación del accidente in itinere en España

28/02/2018
| Sandra Burmann
Regelung des Wegeunfalls in Spanien

Según la jurisprudencia de los tribunales españoles, el accidente que sufre un trabajador cuando va a su lugar de trabajo o cuando vuelve del mismo se considera accidente in itinere y, por lo tanto, accidente laboral, siempre y cuando se den los siguientes requisitos: 

En primer lugar, debe existir un elemento teleológico, es decir, el motivo del desplazamiento ha de ser exclusivamente laboral, por lo que no se admiten interrupciones injustificadas o motivos personales que rompan el nexo causal entre el trabajo y el accidente. No obstante, la jurisprudencia califica también como accidente de trabajo aquel en el cual durante el trayecto se realiza una parada “no significativa” como, por ejemplo, una pausa de 30 minutos en el itinerario habitual tras finalizar la jornada para tomar algo con los compañeros de trabajo, siempre y cuando ésta no rompa la continuidad del desplazamiento del centro de trabajo al domicilio y corresponda al comportamiento común de las personas. Siendo este ejemplo también una excepción al elemento cronológico, que se caracteriza por la necesidad de que el accidente se produzca en el lapso de tiempo habitual que se invierte en realizar el trayecto motivado por el trabajo. 

Asimismo, es necesario el requisito topográfico o geográfico, lo que quiere decir que el trabajador debe hacer el trayecto adecuado, el camino que realiza habitualmente. Por lo tanto, no existe accidente laboral en caso de desviaciones a lugares fuera del trayecto habitual, mientras que la jurisprudencia permite el desplazamiento del centro de trabajo a la guardería y el desplazamiento posterior a casa si dicho camino es el habitual del trabajador. 

Por último, se exige el requisito de idoneidad del medio de transporte, teniendo que ser éste racional y adecuado, sin que pueda entenderse que el trabajador actuó con imprudencia grave o temeraria. Como consecuencia, en diferentes sentencias se ha admitido el uso de patinetes o motocicletas como vehículo adecuado para realizar dichos recorridos.

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