Publicados los nuevos modelos para el depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil
Con fecha 25 de mayo de 2017, el Boletín Oficial del Estado publicó sendas Órdenes por las que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales individuales y consolidadas. A diferencia de lo que se venía haciendo en los últimos años, en donde mediante Resoluciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado se modificaban las Órdenes publicadas en los años 2009 y 2011, la cantidad de cambios que se han producido a través de la publicación del Real Decreto 602/2016, de 2 de diciembre, por el que se modifican el PGC, el PGC-PYMES y las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, ha hecho necesaria ahora la publicación de nuevas Órdenes.
Así, para las cuentas individuales, la Orden JUS/471/2017, de 19 de mayo, aprueba los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil y deroga la anterior Orden JUS/206/2009, de 28 de febrero. Las principales novedades de los nuevos modelos se refieren a la modificación de los límites para la aplicación del PGC-PYMES, la eliminación del Estado de Cambios en el Patrimonio Neto, cambios relativos al inmovilizado intangible con vida útil indeterminada y al fondo de comercio, cambios en el contenido de las memorias y la información complementaria en la hoja de datos generales de los modelos abreviados y de PYMES.
Para las cuentas consolidadas, la Orden JUS/470/2017, de 19 de mayo, aprueba los nuevos modelos y deroga la anterior Orden JUS/1698/2011, de 13 de junio. Las principales modificaciones se refieren a las instrucciones de cumplimentación, cambios relativos al contenido del Balance de Situación y cambios en el contenido de la memoria.
La utilización de los nuevos modelos será obligatoria para el depósito de las cuentas anuales que hayan sido aprobadas por los socios o la Junta General de la Sociedad con posterioridad al 25 de mayo de 2017.