Proyecto ley sobre la limitación de la deducibilidad de cánones | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Proyecto ley sobre la limitación de la deducibilidad de cánones

31/03/2017
| Frank Behrenz
Gesetzesentwurf zur Beschränkung der Abziehbarkeit von Lizenzzahlungen

El día 25/01/17, el Gobierno presentó un proyecto de Ley contra Prácticas Fiscales perjudiciales en Relación con las Cesiones de Derechos de Uso, debatido el 29/03 por parte del Comité Financiero del Parlamento. Núcleo de la regulación es la limitación de la deducibilidad fiscal del pago de cánones y otros gastos por la cesión de derechos de uso por parte de personas vinculadas al deudor de los pagos, cuando éstos, clasificados como perjudiciales como consecuencia de un régimen de preferencia fiscal, no tributen o tengan una baja tributación (inferior al 25%). El proyecto de Ley se rige contra las denominadas IP-Boxes, License Boxes y Patent Boxes de otros estados, en que no se requiere un mínimo de actividad económica (principio del nexo). El proyecto de Ley se basa en el punto de acción 5 del proyecto BEPS de la OECD y del G20, en el cual Alemania se ha obligado a combatir las prácticas fiscales perjudiciales a través del aseguramiento de determinados criterios de transparencia y de sustancia para el reconocimiento fiscal de la cesión de derechos de uso sobre propiedad intelectual. 

En consecuencia, debería corresponder la tributación a aquél Estado en el cual tenga lugar la actividad. Igual que en el caso de las regulaciones sobre las denominadas financiaciones híbridas (véase nuestra aportación a la edición de este boletín de junio 2013), el proyecto implementa el denominado principio de la correspondiente tributación, de modo que la deducción de gastos empresariales garantizada en Alemania será mayor cuanto mayor sea la tributación para el acreedor de extranjero los pagos. Un gran número de convenios para evitar la doble imposición suscritos por parte de Alemania, como p.ej. el suscrito con España, no prevén en Alemania retención en la fuente en los pagos de cánones si el beneficiario extranjero del pago está autorizado por convenio y cumple con las condiciones del § 50d (3) LIRPF alemana (véase nuestra aportación a la edición de este boletín de noviembre 2016).

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