Proyecto de Real Decreto para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Proyecto de Real Decreto para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en las empresas

28/06/2024
| Sandra Schramm
Entwurf eines königlichen Dekrets für die Gleichstellung und Nichtdiskriminierung von LGTBI-Personen in Unternehmen

El 4 de junio de 2024, el Consejo de Ministros español introdujo en el proceso legislativo un proyecto de Real Decreto muy progresista para la igualdad y no discriminación de personas homosexuales, transexuales, bisexuales, transexuales e intersexuales (en adelante LGTBI).

Las bases de esta medida ya se sentaron con el artículo 15 de la Ley 4/2023 de 28 de febrero. Según este, las empresas con más de 50 empleados están obligadas a introducir y aplicar medidas para la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI en las empresas.

En el artículo 8.3 y en el Anexo I, el anteproyecto regula el contenido mínimo específico de las medidas a implantar mediante convenio colectivo o acuerdo de empresa.

Entre ellas se incluyen las siguientes cláusulas de igualdad de trato y antidiscriminación, que pretenden contribuir a crear un entorno favorable para el reconocimiento de la diversidad y la no discriminación de los empleados LGTBI en el entorno laboral.

Las empresas deben contribuir a la eliminación de estereotipos en el acceso al empleo de las personas LGTBI a través de las medidas que se definan en los convenios colectivos, en particular a través de la formación de las personas implicadas en la selección de personal.

Un punto clave del borrador es la obligación de las empresas de crear planes de formación y módulos específicos para hacer cumplir los derechos de las personas LGTBI en el lugar de trabajo, con especial atención a la igualdad de trato, la igualdad de oportunidades y la no discriminación. Entre otros, deberían cubrirse los siguientes aspectos mínimos importantes:

- Conocimiento general y difusión de las medidas LGTBI previstas contenidas en el/los convenio/s colectivo/s o acuerdos de trabajo vigentes en la empresa.

- Conocimiento de las definiciones y conceptos básicos de diversidad sexual, familiar y de género para una igualdad real y efectiva

- Publicidad y difusión del protocolo para prevenir, detectar y combatir el acoso o la violencia discriminatoria por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género y características sexuales.

- Medidas para promover y garantizar un lenguaje respetuoso con la diversidad de las personas LGTBI en el ámbito laboral.

- etc.

Otro punto central es la protección contra el comportamiento anti-LGTBI en el lugar de trabajo, en particular mediante la ampliación de los motivos de despido en caso de discriminación contra las personas LGTBI.

Queda por ver si este anteproyecto de ley para la igualdad no sólo entrará en vigor como ley, sino que también contribuirá a un replanteamiento de la forma en que se trata y se habla a las personas LGTBI dentro y fuera del mundo laboral.

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