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Pronto comenzará a aplicarse el Reglamento General de Protección de Datos

30/11/2017
| Dr. Thomas Rinne
In Kürze ist die Datenschutz-Grundverordnung anwendbar

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) comenzará a aplicarse a partir del 25 de mayo de 2018. Así, la protección de los datos de carácter personal quedará regulada de manera uniforme en toda la UE. Al igual que sucedía en Alemania, la recopilación, el procesamiento y el almacenamiento de datos personales sólo se permitirá con el consentimiento expreso del interesado. 

El RGPD tiene por objeto garantizar que los datos personales sean recopilados únicamente en caso de que sea necesario y para fines claramente definidos (principios de minimización en la recogida de datos y de limitación a una finalidad específica). Además, se aplicarán los principios de legalidad, de tratamiento lícito y leal de datos y de transparencia. En el futuro, deberá prestarse especial atención a las formalidades necesarias para garantizar el efectivo consentimiento de las personas afectadas. Para evitar malentendidos y riesgos de ineficacia, el consentimiento debe otorgarse, siempre que sea posible, en un documento separado o al menos claramente separado de las demás disposiciones contractuales. El consentimiento de los menores de edad a través de medios electrónicos se considerará válido a partir de los 16 años. 

El Reglamento establece requisitos más estrictos para datos personales que, por su naturaleza, son particularmente sensibles, entre los que se incluyen, a modo de ejemplo, los datos de carácter personal que revelen el origen racial o étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas o la pertenencia a un sindicato o con respecto al tratamiento de datos genéticos o biométricos, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales. En estos casos, el tratamiento de estos datos personales está prohibido, salvo que se manifieste explícitamente una exención de esta prohibición. El RGPD introduce expresamente «el derecho al olvido», con lo cual en el futuro se podrán suprimir, a instancia del interesado y sin mayor dilación, aquellos datos que ya no sean necesarios, también judicialmente.

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