Políticas retributivas y principio de validez
El Tribunal Federal de Trabajo (Bundesarbeitsgericht) ha fallado en un interesante caso relativo al derecho a la paga extra de Navidad. El demandante exigía a su empleador el pago de una paga extra de Navidad de acuerdo con una cláusula de su contrato. El empresario habría incumplido dicha cláusula alegando dificultades económicas. La posibilidad de revocar dicha cláusula estaría contemplada en el contrato de trabajo del demandante.
El demandante argumentó ante el tribunal que la revocación carecía de validez invocando el principio de vigencia, según el cual las medidas y compromisos entre empresario y trabajador que infrinjan el derecho de participación del comité de empresa quedarán anulados cuando perjudiquen al empleado.
El demandado habría modificado los principios generales de la política de remuneración sin comunicar a los empleados la revocación de la cláusula. En este caso además, el comité de empresa no habría sido informado de la supresión de la paga de Navidad. El acusado no pudo sin embargo demostrar que el derecho a la paga extra de Navidad se había introducido inicialmente con la participación del comité de empresa.
La demanda fue desestimada. A este respecto, el tribunal señaló que una empresa no sujeta a convenio colectivo no puede fijar condiciones básicas de remuneración sin la participación del comité de empresa. Este comité habría participado de conformidad con el artículo 87, apartado 1, de la Ley de Comités de Empresa, en la elaboración y la modificación de la política retributiva y en la aplicación de los nuevos sistemas de retribución así como las modificiaciones subsiguientes.
En caso de modificación de las condiciones contractuales sin consultar al empleado, este puede exigir que su empresa respete los acuerdos retributivos iniciales. Sin embargo, es indispensable que el derecho a la paga extra de Navidad establecido en el contrato, se fijase con la debida participación del comité de empresa.
Feliz Navidad a todos los trabajadores.