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Plan de choque contra las viviendas de uso turístico en Madrid

30/09/2025
| Marta Jiménez von Carstenn-Lichterfelde
Der Notfallplan der Stadtverwaltung von Madrid gegen die Ferienwohnungen

Empezamos un curso nuevo, pero se arrastran asignaturas pendientes del año pasado. Una de ellas: la proliferación de las Viviendas de Uso Turístico “VUT”. 

El problema de base es la falta de regulación específica e integral para su establecimiento, que ha provocado que desde las Administraciones Públicas se haya parcheado mediante medidas puntuales con efecto limitado, toda vez que la autorización de estos establecimientos reside principalmente en las entidades locales, pero también autonómicas.

Como ya hemos contado en artículos anteriores, a nivel estatal se modificó la Ley de Propiedad horizontal para prohibir el establecimiento de VUT en comunidades de propietarios de edificios residenciales salvo que contasen con la autorización expresa de la junta de propietarios, pero la concesión o no de la licencia y los requisitos de dichas VUT, son competencia de los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas.

Sirva como radiografía del estado actual de la ciudad de Madrid los datos que facilita su Ayuntamiento: El 92% de los establecimientos turísticos que operan en la ciudad son VUT (13.502), pero sólo 1008 funcionan con licencia municipal.

El Ayuntamiento de Madrid anunció un plan de acción para controlar y evitar la proliferación de Viviendas de Uso turístico en Madrid hace ya  seis meses, aprobando definitivamente la Ordenanza que contenía el Plan Especial de regulación del uso de servicios terciarios en la clase de hospedaje, (distritos Centro, Arganzuela, Retiro, Salamanca, Chamartín, Tetuán, Chamberí, Moncloa-Aravaca, Latina, Carabanchel y Usera, con la firme intención de frenar la proliferación de VUT y minimizar las molestias a los residentes de estos barrios. Y anunció la Modificación del Plan General. Las medidas del plan consisten básicamente en:

La suspensión temporal de:

  • Las licencias para VUT dispersas así como las licencias para la transformación de local a vivienda en los ejes comerciales del distrito Centro.
  • Las licencias para VUT en edificaciones distintas al ámbito residencial que se sitúen en planta baja. 

A esto se suma el endurecimiento de las sanciones con multas de entre 30.000€-190.000€, para VUT sin licencia, el incremento de la plantilla de inspectores y la publicación de un listado oficial de VUT con licencia y su ubicación real.

Hoy, seis meses después de la implantación de estas medidas, aún no se ha presentado para su aprobación la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid, que, suponemos, contendrá las medidas definitivas, y esperemos que integrales, que permitan con seguridad jurídica conocer los requisitos que deben cumplir las VUT.

Por tanto, a la presente fecha, no es posible la tramitación ni concesión de licencia para una VUT en Madrid y se prevé, a falta de conocer el texto legal, el endurecimiento de los requisitos para su establecimiento, en especial en edificios residenciales y en los distritos del centro de la ciudad de Madrid.

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