Periodo de deducción del IVA soportado en caso de tributación según el criterio de caja | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Periodo de deducción del IVA soportado en caso de tributación según el criterio de caja

31/03/2022
| Frank Behrenz
Zeitpunkt des Vorsteuerabzugs bei Besteuerung nach vereinnahmten Entgelten

Según el derecho nacional alemán, nace el derecho a deducir el IVA soportado en las entregas y otras prestaciones de servicios si estas operaciones han sido realizadas por un empresario o empresa para un operador distinto y si éste está en posesión de una factura expedida con arreglo a los art. 14 y 14a de la LIVA DE; para el destinatario ya es deducible el importe del impuesto repercutido si se ha efectuado el pago anteriormente a dichas operaciones y si tiene la factura correspondiente (art. 15 (1), punto 1, de la LIVA DE).

De acuerdo con la situación legal actual, esto también se aplica a los operadores que, previa solicitud, no pagan IVA según el criterio de devengo sino según el criterio de caja, es decir, solo tras la recepción efectiva del pago. Alemania ha hecho uso de la opción de introducir la tributación en base del criterio de caja planteada en art. 66 (1) letra b) de la Directiva UE de IVA en forma del art. 20 de la LIVA DE. De acuerdo con ello, la oficina tributaria podrá permitir, previa solicitud, que un operador cuyo volumen de negocios total (art. 19 (3) LIVA DE) no haya superado los 600 000 EUR en el año natural anterior; o 2) esté exento de conformidad con el art. 148 de la LGT DE de la obligación de llevar libros y cuentas periódicas sobre la base de inventarios anuales; o 3) en la medida en que realice operaciones como miembro de una profesión liberal en el sentido del art. 18 (1) número 1 de la LIRPF DE, que no tribute según el criterio del devengo de la operación sino según el criterio de caja.

Tras el auto sobre la cuestión prejudicial del Tribunal de lo Fiscal de Hamburgo (del 10/12/2019, 1 K 337/17), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) decidió, mediante sentencia del 10/02/2022 (C-9/20 Grundstücksgemeinschaft Kollaustrasse 136), que los operadores que, previa solicitud, tributan según el criterio de caja, también pueden deducir el IVA soportado, facturado por otros operadores, únicamente tras el pago de la factura. La normativa alemana infringe el art. 167 de la Directiva UE de IVA, que establece que el derecho del destinatario de una operación a deducir el IVA soportado nace al mismo tiempo que la obligación del pago del IVA repercutido por el proveedor. Este asunto hace referencia a una sociedad inmobiliaria de derecho civil que alquiló un inmueble comercial sin exención del IVA en virtud del art. 4 (12) LIVA DE, y reclamó el IVA soportado al propietario del inmueble por el alquiler del inmueble. Aunque el propietario del inmueble había aplazado o perdonado los alquileres a la arrendataria intermedia, ésta invocó la deducción total del IVA soportado de una factura recurrente con forma de contrato (14.1(2)) de las Directivas de Aplicación del LIVA DE de la Administración Tributaria alemana - UStAE).

Bajo este contexto, es probable que se modifique la Ley alemana del IVA, pero hasta entonces, los destinatarios de los servicios pueden basarse en la situación legal actual aplicándola a su favor.

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