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Nuevos incentivos para la contratación de trabajadores en España

29/09/2023
| Sandra Schramm
Neue Anreize für Arbeitnehmereinstellung in Spanien

A partir del 1 de septiembre de 2023 será de aplicación el nuevo catálogo de incentivos a la contratación, que ya fue regulado por el Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero.

El objetivo de la ley era unificar la normativa, requisitos, obligaciones y restricciones para la obtención de prestaciones de la Seguridad Social en la contratación de trabajadores en España.

La nueva versión fomenta principalmente el empleo de grupos vulnerables de trabajadores.

El nuevo catálogo contiene, por ejemplo, las siguientes reducciones de las cotizaciones a la Seguridad Social en caso de contratación o reempleo:

  • de personas con discapacidad
  • de los trabajadores, por incapacidad laboral total o permanente
  • mujeres víctimas de violencia de género, violencia sexual y trata de seres humanos
  • mujeres desempleadas que sustituyen a trabajadores en determinadas circunstancias
  • trabajadores que son sustituidos en situaciones de parto y cuidado de hijos, cuidado de hijos de responsabilidad compartida, riesgo durante el embarazo y la lactancia o permiso parental
  • personas en situación de exclusión social
  • parados de larga duración
  • las víctimas del terrorismo

Además, los incentivos se aplican a:

  • los contratos de formación y su conversión en contratos indefinidos, y los contratos y la contratación de personal investigador en formación
  • la integración de desempleados como asalariados o socios asalariados en cooperativas
  • los contratos indefinidos discontinuos con trabajadores temporales en la agricultura

etc. 

Además, en el marco del fomento del empleo, se aplican incentivos en el caso de:

  • acuerdos laborales en el marco de la negociación colectiva que mantengan el empleo
  • Planes de igualdad en las empresas que vayan más allá de los requisitos legales
  • Pactos locales y regionales para el empleo.

Las bonificaciones oscilan entre 55 y 366 EUR al mes durante cuatro años, según cada caso.

No obstante, las prestaciones están vinculadas a determinadas obligaciones por parte del empresario. Por ejemplo, en el caso de los subsidios por contratos de trabajo indefinidos, por integración permanente como trabajador por cuenta ajena o socio trabajador en cooperativas, etc., existe la obligación por parte de la empresa de contratar el empleado durante al menos tres años. Por tanto, los despidos de trabajadores deben ser reconocidos judicialmente como legales para excluir la reclamación del cobro de la prestación.

En consecuencia, es aconsejable informarse previamente y con detalle de los requisitos exigidos para percibir la bonificación correspondiente.

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