Nuevo reglamento para facturación Veri*factu
El pasado día 6 de diciembre de 2023, se publicó en el BOE el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, conocido como "Reglamento Veri*factu".
Este reglamento desarrolla el contenido de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal en lo que se refiere a los procesos de facturación para asegurar la estandarización de sistemas y programas informáticos de facturación y evitar así la alteración de las facturas y facturas simplificadas una vez emitidas.
La norma pretende establecer la forma en que los registros de facturación que sean producidos por sistemas informáticos deben cumplir con los requisitos legales de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, evitando así el llamado ‘software de doble uso’ en ocasiones utilizado para la ocultación de ventas. Con esta finalidad, el Real Decreto define un registro de factura, con un formato y estructura determinados, al que se añaden determinados elementos informáticos de seguridad que aseguran que dicho registro no podrá ser modificado después de su creación. La norma también prevé la posibilidad de que los obligados tributarios remitan por vía electrónica a la Administración tributaria, voluntaria y automáticamente, todos los registros de facturación generados en sus sistemas informáticos.
La nueva norma se aplicará a todos los empresarios y por todas sus operaciones, con la excepción de aquellos que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII) o de los que no tengan obligación de facturación. Por lo que se refiere a su ámbito territorial, es aplicable en toda España salvo en los territorios de régimen fiscal foral.
Este reglamento es compatible con el Proyecto de Reglamento de factura electrónica B2B, que actualmente está en tramitación legislativa. Los sistemas informáticos de los empresarios deberán adaptarse de forma integral a ambas modificaciones.
El Reglamento entró en vigor el 7 de diciembre de 2023 y establece que los obligados tributarios deberán tener operativos los sistemas informáticos adaptados a las nuevas características y requisitos exigidos antes del 1 de julio de 2025.