Nuevo reglamento de contratación y adjudicación de servicios de construcción
El Ministerio Federal de Transportes de Alemania planea ampliar el peaje para camiones a todas las carreteras federales y desarrolla al respecto un proceso negociador en exclusiva sin convocatoria de licitación con la actual concesionaria del sistema de peajes, Toll Collect GmbH. Como justificación, se aduce que el contrato de explotación en vigor de Toll Collect le garantiza derechos de exclusividad, en virtud de los cuales únicamente dicha empresa puede hacerse cargo de la ampliación.
Un competidor ha presentado una solicitud de recurso en la que expone:
- Que también puede prestar el servicio. Que Toll Collect debe permitirle el acceso al sistema, pues, de lo contrario, incurriría en abuso de posición dominante.
- Que el Ministerio ha creado de forma artificial las condiciones de exclusividad, al no haberse reservado los derechos sobre el sistema de peajes. Asimismo, podría adquirir los derechos ejerciendo una opción de compra y eliminar de ese modo los obstáculos a la competencia.
La Cámara Federal de Revisión de Adjudicaciones considera correcta la adjudicación directa (Resolución VK 2-137/15, del 18 de febrero de 2016):
- Debido a los derechos de exclusividad, solamente Toll Collect puede prestar el servicio. En el mejor de los casos, podría existir el derecho al acceso al sistema entre los competidores, lo que no es objeto de solicitud de recurso.
- El Ministerio no está obligado a adquirir los derechos sobre el sistema, ya que posee el derecho de decisión sobre la prestación del servicio.
La particularidad de la resolución reside en que el Ministerio es cocausante de la restricción de la libre competencia por la redacción del contrato de explotación. La Cámara Federal de Revisión de Adjudicaciones así lo ha aceptado. A causa de la redacción de un contrato, una empresa puede situarse en una posición dominante en un mercado y convertirse en negociador exclusivo del órgano de contratación público en posteriores concesiones.