Nuevo anteproyecto de Ley por la que se modifican los criterios de tamaño de las empresas

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ha presentado un nuevo Anteproyecto de Ley que redefine los criterios de tamaño de las empresas y grupos a efectos de información corporativa, contabilidad y auditoría (ver también nuestro artículo de abril de 2024). Esta reforma responde a la transposición obligatoria de la Directiva Delegada (UE) 2023/2775, que ajusta al alza los umbrales europeos tras una década de inflación acumulada en la eurozona.
Aunque se trata de una obligación comunitaria, el legislador español ha optado, además, por ejercer la facultad prevista en el artículo 3.2 de la Directiva 2013/34/UE para ampliar aún más el perímetro de las pequeñas empresas. Esto tendrá un impacto directo sobre la obligación de auditar, la presentación abreviada de cuentas anuales y el acceso al Plan General de Contabilidad de PYMES.
Cambios normativos clave
La reforma modifica la Ley de Sociedades de Capital, la Ley de Auditoría de Cuentas, el Plan General de Contabilidad de PYMES y las normas contables aplicables a entidades sin fines lucrativos. En un principio, las nuevas definiciones serán de aplicación obligatoria para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2024.
A efectos de clasificación, se mantienen los tres criterios: total del activo, cifra neta de negocios y número medio de empleados. La nueva redacción eleva significativamente los umbrales aplicables. A continuación, se resumen los cambios más relevantes:
Comparativa de umbrales
Categoría | Activo (antes/ahora) | Cifra neta (antes/ahora) | Empleados |
---|---|---|---|
Microempresa | ≤ 1.000.000 / 3.565.000 € | ≤ 2.000.000 / 7.125.000 € | ≤ 50 |
Pequeña empresa | ≤ 4.000.000 / 7.500.000 € | ≤ 8.000.000 / 15.000.000 € | ≤ 50 |
Mediana empresa | ≤ 20.000.000 / 25.000.000 € | ≤ 40.000.000 / 50.000.000 € | ≤ 250 |
Para adquirir o perder una categoría, se requerirá cumplir (o dejar de cumplir) al menos dos de los tres criterios durante dos ejercicios consecutivos.
Implicaciones para la práctica empresarial
- Contabilidad: Un número significativo de sociedades podrá acogerse a la presentación de cuentas abreviadas y al régimen contable simplificado.
- Auditoría: Se eleva el umbral de exención, reduciendo el número de empresas obligadas a auditar sus cuentas.
- Sostenibilidad (CSRD): Al redefinir qué se considera "gran empresa", algunas entidades quedarán fuera temporalmente del ámbito de aplicación de la información de sostenibilidad.
- Grupos: Para sociedades dependientes, los límites se aplicarán de forma agregada, incluyendo eliminaciones conforme a la norma 11.ª del PGC-PYMES.
Conclusión
Este cambio normativo supondrá una reducción significativa de cargas administrativas para muchas empresas, en particular las de tamaño pequeño o mediano. Está previsto que la Ley entre en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.