Nuevas medidas de protección del consumidor en el sector energético
El Real Decreto-Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores (el “RDL”), impone nuevas obligaciones a las empresas comercializadoras de energía en relación con:
- La cobertura del bono social, la creación del bono térmico y su régimen sancionador
El RDL incrementa en un 15% los límites de energía anual con derecho a descuento. Así, se compensan los incrementos de precios y se acercan a los consumos reales de los hogares más vulnerables. El suministro a hogares con familias monoparentales, con menores de 16 años, discapacitados de al menos el 33%, o dependientes de grado II o III tendrá carácter esencial y, por tanto, no podrá ser objeto de corte.
Además, se amplían los plazos para la solicitud del bono social eléctrico y sus beneficiarios recibirán a lo largo del invierno el bono social térmico. Este nuevo bono social consiste en una ayuda económica directa para que los hogares vulnerables puedan hacer frente a los gastos de calefacción, agua caliente o cocina, independientemente del combustible que utilicen.
Por último, el Ejecutivo refuerza el régimen sancionador, permitiendo sancionar las conductas de las empresas comercializadoras que incumplan sus obligaciones en relación con la gestión del bono social y los consumidores vulnerables.
- La comunicación y contratación con consumidores
Se regula la posibilidad de que las comercializadoras accedan a información relativa al consumo y a la potencia máxima demandada por los consumidores. Además, se prohíbe para el segmento de consumidores domésticos la contratación del suministro eléctrico en la modalidad “puerta a puerta”.
- Las prácticas fraudulentas de las comercializadoras en el mercado
Se prevé la inhabilitación directa de las comercializadoras que realicen prácticas fraudulentas en el mercado, entre ellas, el incumplimiento de las obligaciones de compra de energía en los mercados diario e intradiarios.