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Nuevas consultas contables BOICAC 126

30/09/2021
| Michael Lochmann
Neue Rechtsauskünfte Rechnungswesen BOICAC 126

El ICAC ha publicado en su página web dos nuevas consultas de contabilidad correspondientes al BOICAC número 126 de junio del 2021:

Consulta 1: Sobre la aplicación del resultado en el socio cuando la sociedad participada y cualquier sociedad del grupo participada por esta última no aplican PGC.

La consulta versa sobre la posibilidad, a efectos del cálculo del resultado individual devengado en cada filial, de utilizar información financiera elaborada bajo NIIF o NIIF-UE, y si dicha posibilidad queda sujeta a que la sociedad inversora que recibe el dividendo formule cuentas anuales consolidadas de conformidad con NIIF-UE.

El consultante plantea para determinados casos la dificultad práctica de disponer del resultado devengado individual en cada filial en un marco de información financiera distinto del PGC y su normativa de desarrollo, teniendo que proceder a la homogeneización de ambos marcos (como puede suceder en filiales radicadas en el extranjero que elaboren información financiera según el marco de información financiera que establezca la jurisdicción de su país, sin perjuicio de que preparen cierta información financiera a efectos de su integración en un grupo de acuerdo con el marco de información financiera de dicho grupo, como puede ser las NIIF).

El ICAC concluye que, por analogía con lo previsto en la Norma de Registro y Valoración NRV 9ª.2.4.3 del PGC, el resultado devengado en cada filial debe calcularse de acuerdo con los criterios recogidos en el Código de Comercio, Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, Plan General de Contabilidad y demás legislación que le sea específicamente aplicable.

Consulta 2: Sobre los componentes de la cifra de negocios.

Una empresa que se dedica a la fabricación y venta de calzado percibe ingresos de carácter periódico que provienen, entre otras, de las siguientes actividades:

a) Arrendamiento de un almacén
b) Dividendos procedentes de:
- Una sociedad dependiente al 100% dedicada al sector del calzado
- Una sociedad anónima considerada como asociada, posee el 30% y está dedicada a otro sector de actividad
c) Ingresos financieros procedentes de la concesión de préstamos a la entidad dependiente y a la asociada.

La cuestión planteada versa sobre si los citados ingresos deben incluirse como componentes positivos de la cifra de negocios.

Concluye el ICAC que, de acuerdo con el art. 34 de la Resolución de 10 de febrero del 2021 del mismo ICAC, los ingresos de carácter financiero no forman parte del resultado de explotación salvo que procedan de la actividad ordinaria de la entidad (como es el caso de una sociedad holding).

Respecto a los ingresos por arrendamiento, el ICAC señala que en determinadas ocasiones se produce la realización simultánea de varias actividades, lo que podría denominarse multiactividad. En este caso, habría que entender que los ingresos producidos por las diferentes actividades se considerarán en el cómputo de las actividades ordinarias, en la medida en que se obtengan de forma regular y periódica y se deriven del ciclo económico de producción, comercialización o prestación de servicios propios de la empresa.

Las consultas están disponibles en la página web del ICAC.

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