Novedades en materia de Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)
El pasado 9 de noviembre de 2017, el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó varios Reglamentos por los que la Unión Europea adopta diversas Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Estas normas son de aplicación obligatoria, dentro de los plazos previstos en cada una de ellas, por parte de todas aquellas empresas que formulen sus cuentas anuales bajo las NIIF adoptadas en Europa. Al tratarse de reglamentos europeos, éstos son de aplicación directa y no precisan de su incorporación a la legislación nacional de cada estado miembro.
En resumen, se adoptan o modifican las NIIF 4 (Contratos de seguros), 7 (Estado de flujos de efectivo), 12 (Impuesto sobre las ganancias), 15 (Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes) y 16 (Arrendamientos).
Los cambios más significativos se producen en las NIIF 15 y 16:
NIIF 15: se han adoptado varias modificaciones, sobre todo en aquellos casos en los que el contrato de venta o de prestación de servicios contenga diversas obligaciones de cumplimiento por parte de la empresa suministradora del servicio o de la venta.
NIIF 16: se adoptan cambios significativos en el reconocimiento contable de los arrendamientos y en el reconocimiento de los denominados pasivos fuera del balance. Hasta ahora, únicamente se registraba como gasto el arrendamiento que se devengaba en cada periodo sin reconocerse en el activo del balance el derecho que generaba el contrato de arrendamiento ni en el pasivo la deuda con el arrendador por la renta del alquiler todavía no devengada. Con la nueva normativa desaparece la diferenciación entre arrendamiento financiero y operativo y el gasto por arrendamiento se registrará vía amortización del correspondiente activo en lugar de considerarse gasto por arrendamiento.