Novedad legislativa en relación con las hipotecas
El pasado día 16 de marzo se publicó en el BOE la Ley 5/2019, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que introduce importantes novedades en el ámbito de la contratación de préstamos hipotecarios.
Dicha Ley, llamada en muchas ocasiones de forma errónea «nueva ley hipotecaria», tiene su fundamento en la trasposición, entre otras, de la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial.
La Ley entrará en vigor el próximo día 16 de junio de 2019 y se aplicará únicamente a los contratos de préstamos suscritos a partir de dicha fecha, excepto en lo que se refiere al vencimiento anticipado en caso de impago.
Precisamente a este respecto encontramos la primera novedad importante: la nueva normativa, inspirada en modelos de nuestro entorno, como el alemán o el italiano, divide la vida del préstamo en dos mitades. Si el impago se produce dentro de la primera mitad de la vida del préstamo, el impago ha de ser igual o superior al 3% del capital o han de dejarse impagadas al menos 12 cuotas para que la entidad prestamista pueda declarar el vencimiento anticipado de la totalidad del préstamo. Si es durante la segunda mitad, el impago debe ser de al menos el 7% o de al menos 15 cuotas. Otras importantes novedades son las siguientes:
- Se prohíben expresamente las llamadas «cláusulas suelo», consistentes en la aplicación de un tipo de interés mínimo en las hipotecas con tipo de interés variable.
- El tipo aplicable correspondiente al IAJD queda establecido en el 0%, por lo que en la práctica queda eliminado.
- En cuanto a los gastos que se generen como consecuencia de la formalización del préstamo, es el prestamista el que debe abonar los gastos de Notaría, Registro y gestoría. El prestatario abonará la tasación del inmueble.
En definitiva, se trata de una norma que pretende otorgar mayor protección al consumidor e imponer mayores medidas de transparencia y publicidad en lo referido a los préstamos con garantía hipotecaria.