No deducibilidad de IVA repercutido en factura de expedidor con sede ficticia de actividad económica (II) | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

No deducibilidad de IVA repercutido en factura de expedidor con sede ficticia de actividad económica (II)

30/09/2016
| Frank Behrenz
Vorsteuerabzug aus Rechnung mit Angabe eines reinen Briefkasten- bzw. Scheinsitzes (II)

En la edición de noviembre 2014 de este boletín ya habíamos informado sobre la cuestión, de si se considera que una factura también incluye la dirección completa del expedidor en el sentido del § 14 (4) Nro. 1 LIVA alemana cuando la dirección indicada se trata de un simple buzón o bien de una sede ficticia de actividad económica, en la cual no se encuentran oficinas propias ni tiene lugar el desarrollo de actividad comercial alguna. 

En el procedimiento de revisión contra la sentencia del Tribunal de lo Fiscal de Düsseldorf (XI R 20/14) comunicada por nosotros, así como en un procedimiento posterior (V R 25/ 15), ambas Salas del Tribunal Federal Supremo de lo Fiscal (BFH) competente en materia de IVA, mediante resoluciones adoptadas en fecha de 06.04.2016, ha pedido al Tribunal de Justicia de la UE (EuGH) que aclare los requisitos de una correcta factura, que legitime al beneficiario de la prestación para la deducción del impuesto. La presentación ha sido necesaria porque la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 22 de octubre de 2015 C-277/14 (PPUH Stehcemp, EU:C:2015:719) posiblemente llegue a la conclusión de que la deducción no dependa de la existencia de todos los requisitos formales de las facturas o, al menos, el Art. 226 Nro. 5 de la Directiva 2006/112/EG sobre el Sistema común del Impuesto sobre el Valor añadido no exige una dirección bajo la cual se desarrollen actividades económicas. En caso de que falten requisitos formales de las facturas, de conformidad con la jurisprudencia del BFH, la deducción fiscal se garantiza solamente bajo determinados requisitos (§§ 163, 227 LGT alemana) en un procedimiento de equidad especial desde el punto de vista de la protección de la confianza legítima. Ambas Salas han pedido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea en sus cuestiones prejudiciales también que aclare los requisitos para una efectiva protección de la confianza legítima.

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