Multa millonaria a las principales empresas ferroviarias por reparto de mercado | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Multa millonaria a las principales empresas ferroviarias por reparto de mercado

31/01/2022
| Carlos Vérgez, Eduardo Crespo
Führende Eisenbahnunternehmen wegen Marktaufteilung zu Millionenstrafe verurteilt

El 29 de septiembre de 2021, la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia (CNMC) adoptó una Resolución en el expediente sancionador contra los principales agentes del mercado de instalación de sistemas de seguridad, señalización y comunicaciones para líneas ferroviarias en España.

El 27 de agosto de 2018, a raíz de la solicitud de clemencia de SIEMENS RAIL, SIEMENS, S.A., la CNMC inició un procedimiento sancionador contra tales empresas, y contra THALES, COBRA; NOKIA, ALSTOM; BOMBARDIER; y CAFS (así como contra determinados directivos de algunas de éstas) por la posible comisión de conductas contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia LDC) y 101 del TFUE.

En su Resolución, la CNMC declaró la existencia de una infracción única y continuada consistente en la creación de un cártel mediante el que las empresas se repartieron, entre 2002 y 2017, al menos 82 licitaciones convocadas por el Ministerio de Fomento, del Gestor de Infraestructuras Ferroviarias y de ADIF, por un importe total de 4.142.000.000€. Estas licitaciones tenían por objeto la ejecución, suministro, instalación, puesta en servicio y mantenimiento de los sistemas de seguridad de comunicaciones y de protección para las líneas de alta velocidad y convencionales ferroviarias.

En cuanto al modus operandi, las empresas sancionadas utilizaron Uniones Temporales de Empresas (UTE) creadas a tal efecto. Éstas constituyen instrumentos de colaboración empresarial admitidos en derecho y válidos siempre y cuando se pueda acreditar que sus miembros no podrían haber concurrido en solitario a las licitaciones o que, aun pudiendo haberse presentado en solitario, su creación responde a criterios de lógica empresarial.

La Resolución considera que las UTES fueron el instrumento principal del cártel y que no existían motivos razonables que justificaran su creación. Las empresas acordaban qué UTE optaba a ganar cada licitación, presentando el resto ofertas de cobertura. Así, las participantes se aseguraban la adjudicación de los contratos simulando competir entre ellas.

La CNMC considera que los efectos del cártel supusieron un aumento del coste asumido por la Administración Pública que, además, generó un perjuicio importante para los contribuyentes.

Por ello, la CNMC declaró la existencia de infracción muy grave de los artículos 1 LDC y 101 TFUE constitutiva de cártel e impuso multas por valor total de 127.348.032€ y a algunos de sus directivos por valor total de 483.000€. Asimismo, apuntó la posibilidad de que se les prohíba contratar con la Administración en el futuro. Dado que la información aportada por SIEMENS RAIL y SIEMENS ayudó a la CNMC a desmantelar el cártel, la Resolución redujo sus multas y la de un directivo en un 50%. Es de esperar que las empresas recurran las multas ante la Audiencia Nacional.

Este asunto revela una vez más que la investigación de cárteles, en particular, los que afectan al sector público constituye una de las máximas prioridades de la CNMC.

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