Modificaciones por la Ley de Ajustes Fiscales 2015 | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Modificaciones por la Ley de Ajustes Fiscales 2015

30/11/2015
| Frank Behrenz
Neuerungen durch das Steueränderungsgesetz 2015

La Ley de Ajustes Fiscales 2015 de fecha 02/11/2015 (BGBL 2015 I, 1834) contiene los siguientes cambios en referencia a los impuestos directos:

  1. En la edición de mayo 2015 de este boletín informamos sobre la nulidad del régimen de preferencias fiscales del art. 6b LIRPF alemana según la Normativa Europea. Esta problemática se ha solucionado con la introducción de un nuevo apartado 2a en art. 6b LIRPF alemana que es aplicable a favor del contribuyente con efecto retroactivo en todos los casos que no hayan sido determinados de manera vinculante por la administración fiscal (art. 52 (14) frase 1 LIRPF alemana). El contribuyente puede solicitar una recaudación escalonada de la carga tributaria sobre la ganancia patrimonial en cinco anualidades en caso de pretender una reinversión en bienes situados en otros Estados Miembros de la UE o del Espacio Económico Europeo. Igualmente es aplicable si se realizó una inversión de este tipo antes de la enajenación del bien, aunque aquí se puede presentar la solicitud solamente en el año de la enajenación (art. 6b (2a) frase 2 LIRPF alemana).
     
  2. En las ediciones de abril y octubre 2012 de este boletín informamos sobre las restricciones del uso del saldo de pérdidas acumuladas en mano de sociedades de capital en caso de transferencias de participaciones socia-les según art. 8 c LIS alemana, en particular con enfoque a reestructuraciones dentro de grupos empresariales. La denominada „cláusula para grupos empresariales“ (art. 8 c (1) frase 5 LIS alemana) fue ampliada con efecto retroactivo a favor del contribuyente para todas las adquisiciones efectuadas después del 31/12/2009 (art. 34 (6) LIS alemana en su nueva versión). En consecuencia se pueden transferir en el futuro, en particular, también pérdidas fiscales dentro de un grupo a la empresa matriz, incluyendo–contrariamente a la opinión de la administración fiscal alemana – en el concepto de matriz también a personas físicas, sociedades de personas y además personas jurídicas que, según su forma legal, no tienen socios o accionistas (por ej. fundaciones).
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