Memorias anuales de inversión extranjera en España y de inversión española en el exterior – 1ª Parte | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Memorias anuales de inversión extranjera en España y de inversión española en el exterior – 1ª Parte

28/06/2024
| Claudia Rouras Hurtado
Jährliche Berichte über ausländische Investitionen in Spanien und spanische Investitionen im Ausland- I Teil

El 1 de febrero de 2024 entró en vigor la Resolución de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, de 31 de enero de 2024, que aprueba los modelos para la tramitación y declaración de inversiones extranjeras en España y de inversiones españolas en el exterior.

En este artículo nos centraremos en las modificaciones de los modelos de presentación de las memorias anuales de inversión extranjera en España (modelo D-4) y en el siguiente artículo trataremos las memorias anuales de inversión española en el exterior (modelo D-8).

La memoria anual de la inversión extranjera en España (modelo D-4):

Las sociedades o sucursales españolas con inversión extranjera deben presentar una memoria anual en los siguientes casos:

a. Sucursales en España de empresas no residentes con una dotación o patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros.

b. Sociedades españolas dominantes de un grupo de empresas de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio, con una participación del inversor no residente igual o superior al 10% en el capital social o en los derechos de voto.

c. Sociedades españolas con un capital social o patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros, y con una participación del inversor no residente igual o superior al 10%.

Se ha introducido un umbral para las sucursales de sociedades no residentes, que no aparecía en el Real Decreto anterior, por lo que ahora solo están obligadas a presentar memoria aquellas con una dotación o patrimonio neto superior a 3.000.000 de euros.

Respecto de las instituciones de inversión colectiva y entidades de inversión colectiva de carácter cerrado, como fondos de inversión libre, inmobiliarios, de capital-riesgo y alternativos, solo deben presentar memoria anual si tienen forma jurídica societaria (SICAV).

La memoria anual se presenta en el modelo D-4, en un plazo máximo de 7 meses a partir del cierre del ejercicio contable de la empresa o sucursal en España, y dentro de los primeros 7 meses del año para las instituciones de inversión colectiva.

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