Medidas restrictivas que afectan a las operaciones de M&A: medidas impuestas y recomendaciones
31/05/2022
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Felipe Pineda, Alba Ródenas Borràs, LL.M.
Según se indicó en nuestra nota anterior, la Unión europea ha establecido una serie de medidas restrictivas motivadas por la agresión militar contra Ucrania. El quinto paquete de medidas se publicó el pasado mes de abril; al escribirse estas líneas está en negociación un sexto paquete de medidas.
A continuación, en resumen, las principales medidas impuestas:
- Medidas individuales: prohibición de viajar, inmovilización de activos (incluyendo cuentas) y de proporcionar fondos a determinadas personas y entidades.
- Transporte: (i) cierre del espacio aéreo UE a compañías aéreas rusas, y restricciones a la industria aeronáutica y espacial rusa; (ii) veto a transporte de mercancías por carretera rusas y bielorrusas; (iii) restricción a productos de navegación marítima y tecnologías de radio; (iv) prohibición de entrada a puertos de la UE a buques rusos.
- Actividades turísticas en Donetsk y Luhansk: prohibición de servicios relacionados.
- Energía: se amplían restricciones en vigor desde 2014, prohibiéndose exportar tecnología relacionada a partes de esas zonas no controladas por Ucrania.
- Productos de doble uso y tecnología avanzada: endurecimiento de las restricciones al respecto. Nótese que desde 2012 (Bielorrusia) y 2014 (Rusia) ya se restringió la exportación de armamento y relacionados.
- Importación de mercancías de Donetsk y Luhansk: prohibición de importación a la UE de mercancías originarias de partes de esas zonas no controladas por Ucrania.
- Prohibiciones específicas relativas a zonas en conflicto (Donetsk y Luhansk): (i) adquisición o ampliación de participación en inmuebles en esas zonas; (ii) adquisición o ampliación de participación en entidades de esas zonas; (iii) concesión de financiación a entidades de esas zonas; (iv) creación de joint ventures; (v) prestación de servicios de inversión en actividades relacionadas.
- Amplio conjunto de sanciones al sector financiero de Rusia.
Breves recomendaciones:
- Evaluar si la operación de M&A podría verse afectada, sea en general por el impacto del conflicto en la economía y el negocio, sea en particular por darse algún elemento incluido en las sanciones impuestas, sea por la UE, sea por terceros países.
- Es aconsejable que la evaluación englobe el posible impacto en los parámetros económicos de la operación (valoración, precio, etc.), los aspectos operativos y los aspectos legales.
- En general, examinar cualquier posible conexión con Rusia (o Bielorrusia) en las partes de la operación, la entidad o grupo objeto de la misma, el negocio (incluyendo proveedores y clientes), insumos, financiación, etc.
- La evaluación es aconsejable tanto para operaciones en negociación como para las ya acordadas y que estén pendientes de ejecución o cierre.
- La documentación contractual debería prever garantías para cumplir el actual conjunto de sanciones, así como previsiones sobre futuros paquetes de sanciones.
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