Medidas en el IVA para mejorar la tesorería
Uno de los principales problemas a los que se están enfrentando las empresas en la actualidad es la tensión de la tesorería.
En el seno del IVA, existen diversas medidas que pueden ayudar a una empresa a mejorar su liquidez. A continuación pasamos a comentar algunas de las mismas.
Devolución mensual
Como regla general, a final de cada año natural, los empresarios pueden solicitar la devolución del IVA soportado en exceso. Puesto que la Administración tributaria dispone de hasta 6 meses para efectuar la devolución, sin incurrir en intereses, muchos empresarios se encuentran con un problema financiero como consecuencia de la tardanza en la devolución del IVA.
La Ley del IVA permite que los empresarios opten por acogerse a un régimen de devolución mensual (REDEME). Bajo el mismo, los empresarios pueden solicitar la devolución del IVA de forma mensual, en lugar de tener que esperar hasta finales de año.
La aplicación del REDEME implica cumplir con el Suministro Inmediato de Información (SII), lo que supone un incremento de las obligaciones de gestión del Impuesto.
Diferimiento del IVA en la importación
Aquellas empresas que importan bienes a España, pueden beneficiarse de una medida de ahorro muy interesante.
Como regla general, los empresarios deben ingresar el IVA de las importaciones en el momento en que se realiza la importación. Esto conlleva que el empresario deba abonar el IVA en ese momento, pero no se lo podrá deducir hasta que no presente la declaración del IVA.
Pues bien, desde el 2015, se permite que los empresarios difieran el pago del IVA de la importación al momento de presentar la declaración del IVA (modelo 303). Mediante un mecanismo muy parecido al de la autorrepercusión, en la práctica esto supone que el empresario no deba ingresar importe alguno por el IVA en las importaciones.
Suponiendo que el empresario tiene plena capacidad para deducirse las cuotas de IVA soportadas, esta opción puede conllevar también importantes ahorros.
La contrapartida de esta opción es que los empresarios que decidan acogerse a la misma, deberán darse de alta en el REDEME y cumplir con las obligaciones de gestión comentadas anteriormente.
Grupo de IVA
Las entidades que forman parte de un grupo (esto es, más del 50% de participación) pueden optar por aplicar el régimen especial del grupo de entidades.
Este régimen prevé dos modalidades de aplicación: la normal y la avanzada. Bajo la modalidad normal, las entidades que componen el grupo agregan los resultados de sus declaraciones, en una forma de compensación de resultados. Esto significa compensar los resultados negativos con los positivos. En la modalidad avanzada, la base imponible de las operaciones realizadas entre las entidades del grupo se calcula en función del coste, lo que resulta interesante para aquellos grupos que realicen actividades exentas del IVA.