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Los nuevos pagos fraccionados

31/10/2016
| Ignacio del Val
Neuregelung der Körperschaftsteuervorauszahlungen

Con el fin de reducir el déficit público se han introducido modificaciones relativas al régimen legal de los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades que afectan a las empresas con una cifra de negocios en el año anterior igual o superior a 10 millones de Euros.

En virtud de estas modificaciones, aplicables ya a los pagos fraccionado que hay que realizar en los primeros 20 días de octubre, el tipo impositivo de los mismos es del 24%, estableciéndose, para las entidades que tributen al tipo de gravamen general del 25%, un pago fraccionado mínimo del 23% del resultado positivo, determinado de acuerdo al Código de Comercio, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio de los 3, 9 y 11 primeros meses del año natural en los casos en que el periodo impositivo coincida con el año natural.

No forman parte de la base de cálculo las rentas derivadas de operaciones de quita o espera y el importe del resultado positivo consecuencia de operaciones de aumento de capital o fondos propios por compensación de créditos que por aplicación del artículo 17,2 de la LIS no se integran en la base imponible.

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