¿Lockdown un “riesgo global para la vida”?
A mediados de marzo de 2020, comercios minoristas, gimnasios y restaurantes se vieron obligados también en Alemania a cerrar durante dos meses como consecuencia de la pandemia del coronavirus. Ahora, tales órdenes de cierre tienen la primera repercusión jurídica. El Tribunal Regional de Berlin ha desestimado a medidados de octubre de 2020 la demanda de un tabernero de Berlin-Charlottenburg, en la que reclamó una indemnización por daños y perjuicios con motivo de la orden de cierre. Aunque el Estado por su parte pagó una ayuda-coronavirus de emergencia de hasta 15.000 €, esto, sin embargo, no logró compensar ni una parte de la pérdida de ingresos. El propietario del restaurante había demandado al Estado federado de Berlín por daños y perjuicios debido a la pérdida de ingresos que ascendía a aproximadamente 50.000 euros al mes.
Desde el comienzo de la pandemia del coronavirus se ha debatido de forma muy intensa entre los juristas sobre los derechos que podrían tener los comerciantes minoristas, las empresas operadoras de los gimnasios y los propietarios de restaurantes –por nombrar sólo algunos– frente a los respectivos Estados federados como consecuencia de las órdenes de cierre obligatorias. La Ley alemana sobre protección contra las infecciones prevé compensaciones para las personas que tienen que estar en cuarentena como personas infectadas. Ellos obtienen una pérdida de ingresos o como autónomos también una indemnización con motivo de la pérdida de facturación. Las empresas que se ven afectadas con motivo de las órdenes de cierre no tienen ningún derecho según esta ley. Por ello, ha sido también debatido que tales órdenes de cierre no están en absoluto cubiertas por la Ley sobre protección contra las infecciones. Como posible fundamentación de una reclamación cabría considerar la denominada acción asimilable a una expropiación o una reclamación por sacrificio. Sin embargo, el Tribunal Regional de Berlin ha desestimado en la decisión mencionada cualquier tipo de indemnización por daños y perjuicios del propietario del restaurante, argumentando que las órdenes de cierre eran en su momento proporcionales y éstas deben ser toleradas por un empresario como “riesgo global para la vida”. Los perjudicados no están satisfechos con tal argumentación.
Dado que la sentencia no es firme, cabe esperar la opinión del Tribunal Regional Superior al respecto y, en su caso, esta cuestión será aclarada también próximamente por el Tribunal Federal de Justicia dado que hay numerosos procedimientos de reclamación acumulados similares en Alemania. Al menos, esta sentencia ha tenido como consecuencia que los políticos hayan planteado como perspectiva mayores compensaciones estatales para los sectores especialmente afectados como la gastronomía.