Las cláusulas limitativas del contrato de seguro | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

Las cláusulas limitativas del contrato de seguro

31/01/2018
| Elena Alcázar
Begrenzungsklausel in Versicherungsverträgen

La diferencia entre cláusulas delimitadoras del riesgo y cláusulas limitativas de los derechos del asegurado es una cuestión de la que recurrentemente se ocupa el Tribunal Supremo español. Las segundas se incluyen en el contrato de seguro para restringir o modificar derechos del asegurado, una vez que el riesgo objeto del seguro se ha producido. 

Con carácter general, la Ley española de Contrato de Seguro sólo permite utilizar cláusulas limitativas de los derechos del asegurado si se utilizan mecanismos que permitan su identificación destacada respecto del resto de cláusulas y se da una específica aceptación escrita por el asegurado. Para validar la eficacia de estas cláusulas sería necesaria, por tanto, una doble firma o aceptación: la del contrato y la de las propias cláusulas limitativas. Estos requisitos no afectan a las cláusulas a través de las cuales se delimita o define en el contrato el riesgo objeto de cobertura. El objeto de las cláusulas delimitadoras del riesgo es determinar el objeto del contrato de seguro. A estas cláusulas no les aplica el régimen formal relativo correspondiente a la limitación de derechos. 

Pero la frontera entre las cláusulas delimitadoras del riesgo y las limitativas de derechos del asegurado es tenue. En ocasiones el asegurado se puede sorprender cuando se produce un siniestro que entendía cubierto y reclama la indemnización, ante la oposición por el asegurador de una cláusula que excluía ciertos riesgos. Por ello, no es extraño que se aplique a las cláusulas delimitadoras los requisitos de validez de las cláusulas de limitación de derechos. 

En una sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2017 se acepta la validez de una cláusula que constaba en negrita en las condiciones generales de una póliza excluyendo el pago de la indemnización por un seguro de vida en caso de consumo de estupefacientes del asegurado, porque las condiciones particulares de la póliza incluían una referencia expresa a tales cláusulas y ambos documentos habían sido firmados por el asegurado.

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