La responsabilidad del arrendador por la venta de falsificaciones por parte del arrendatario | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La responsabilidad del arrendador por la venta de falsificaciones por parte del arrendatario

28/02/2017
| Nereida Sánchez Pérez
Haftung des Vermieters beim Verkauf von Fälschungen durch den Mieter

El TJCE ha decidido en julio de 2016 (C-494/15) que al arrendatario de un mercado cubierto que subarrienda los diferentes puestos de venta situados en dicho mercado a comerciantes, algunos de los cuales utilizan su puesto para vender mercancías que constituyen falsificaciones de productos de marca, se debe considerar como un intermediario a tenor del derecho europeo. En opinión del TJCE, no es relevante el hecho de que la puesta a disposición de puestos de venta se refiera a un mercado electrónico o a un mercado físico, como los mercados cubiertos. Con ello, los arrendadores, tan pronto como tomen conocimiento de las vulneraciones, están obligados, con independencia de su propia responsabilidad, a adoptar medidas al objeto de que cesen las infracciones y medidas al objeto de prevenir nuevas infracciones.

Esta decisión podría aplicarse no sólo para operadores y arrendadores de plazas comerciales físicas en el sentido estricto, sino también para arrendadores y operadores de centros comerciales y parques comerciales, en tanto que superficies comerciales en el sentido más amplio. Esto puede significar también para los arrendadores en Alemania que puedan ser demandados, en caso de que sus arrendatarios vendan productos de marca falsificados en las superficies arrendadas. Para evitarlo no basta con que los arrendadores pacten expresamente en el contrato de arrendamiento que no está permitida la venta de falsificaciones, sino que en caso de vulneración de esta obligación por parte del arrendatario, tienen que reaccionar con todos los instrumentos jurídicos a su disposición (p.ej. requerimiento del arrendatario y, en caso del mantenimiento de la venta de falsificaciones, ejercicio de la acción de cesación por el uso continuado indebido del objeto de arrendamiento), así como en caso necesario, la resolución extraordinaria del contrato de arrendamiento.

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