La responsabilidad del administrador de una GmbH frente a los socios o a terceros | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La responsabilidad del administrador de una GmbH frente a los socios o a terceros

31/05/2016
| Dr. Katharina Haneke
Haftung des Geschäftsführers einer GmbH gegenüber Gesellschaftern oder Dritten

Además del riesgo del administrador de una sociedad de incurrir en responsabilidad frente a ésta (ver nuestro artículo en la edición de abril de 2016), el administrador también puede incurrir en responsabilidad frente a los socios o frente a terceros.

La responsabilidad del administrador frente a un socio se puede dar básicamente cuando entre los dos existe una relación obligacional especial, p.ej. si el administrador es a su vez socio. En este caso, la relación obligacional especial deriva del deber de lealtad existente entre los dos socios. El administrador también responde si, mediando culpa, ha provocado una distribución del capital social y uno de los socios no puede devolver el importe a la sociedad. Aunque en este caso son los otros socios los que, en primer lugar, responden solidariamente frente a la sociedad, éstos tienen un derecho de exigir al administrador la devolución del importe correspondiente.

El administrador puede incurrir en responsabilidad frente a terceros si, por ejemplo, vulnera obligaciones contractuales de la sociedad frente a terceros. Normalmente, el administrador no responde en este tipo de situaciones, porque la vulneración de obligaciones contractuales se imputa a la sociedad. Sin embargo, si en las negociaciones con la otra parte, el administrador ha hecho uso de una confianza especial en su persona o si él tiene una posición económica próxima al negocio, entonces responde también personalmente. Otros ejemplos:

  • En caso de vulneración de la obligación de solicitar la apertura de concurso, es decir, si un administrador no presenta a tiempo una solicitud de apertura de concurso estando la sociedad en situación de imposibilidad de pago o de sobreendeudamiento. En ese caso, responde personalmente frente a los acreedores de la sociedad por daños y perjuicios.
  • En caso de vulneración de obligaciones fiscales, cuando el administrador no haya cumplido estas obligaciones de la sociedad mediando dolo o negligencia.
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