La reforma del derecho de impugnación contra la insolvencia | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La reforma del derecho de impugnación contra la insolvencia

28/02/2017
| Anja Hartmann
Die Reform der Insolvenzanfechtung

Con la reforma del 02/16/2017 el Bundestag finalmente ha respondido a la crítica constante que se venía manteniendo respecto a la situación jurídica.

Es justo que el administrador concursal tiene el derecho de impugnación cuando la parte contratante, antes de declararse la insolvencia ya sabía de la falta de liquidez del deudor, beneficiándose así con la recepción de un pago. Con la impugnación, la parte contratante está obligada a devolver lo recibido.

Hasta ahora era indicio de mala fe de la parte contratante cuando existe un plan de pago aplazado, que, por ejemplo, en el caso de un crédito de proveedor supone un riesgo incalculable para éste.

La reforma proporciona una solución adecuada entre los acreedores concursales.

En el futuro, una impugnación de los pagos “congruentes” solo será posible, si el administrador concursal demuestra, que la otra parte tenía verdaderamente conocimiento sobre la existencia de la falta de liquidez. Con ello, precisamente en el caso de existir un acuerdo de pago aplazado, existe una presunción a favor del contratante.

También se ha previsto una ampliación de los llamados “Bargeschäfts-privilegs” (privilegio de transacción en efectivo): transacciones en efectivo son transacciones en las que el intercambio de servicios se lleva a cabo regularmente dentro del plazo de 30 días. Con la reforma, una impugnación sólo será posible, si la otra parte contratante sabía de la acción desleal del deudor y el administrador concursal puede probar este hecho. En un futuro, el “Bargeschäftsprivileg” también se aplicará a las relaciones laborales, extendiéndose en este caso el tiempo de intercambio del servicio a tres meses.

Además, el plazo de impugnación se reduce de diez a cuatro años.

En resumen, la restricción de los privilegios del liquidador es de agradecer. Con la nueva regulación, para evitar una exitosa impugnación del contrato, en las transacciones en efectivo se recomienda un intercambio de servicios dentro de los 30 días.

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