La reforma de la normativa en la contratación pública en 2015 | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La reforma de la normativa en la contratación pública en 2015

31/01/2016
Die Reform des Vergaberechts 2015

Actualmente, en los Estados miembros se está reformando a fondo el marco jurídico de la contratación pública en Europa, partiendo de las nuevas Directivas de la UE en materia de contratación, aprobadas en 2014.

A tal efecto, la cámara baja del Parlamento alemán (Bundestag) ha aprobado el 17.12.2015 un proyecto de ley que deberá ser desarrollado por vía reglamentaria. El plazo para transponer las Directivas de la UE en materia de contratación pública expira en abril de 2016.

Éstos son los cambios más importantes que se prevén:

  • Se regulan a escala europea los requisitos para las denominadas adjudicaciones “in house”, no sujetas a licitación pública. Se eximen expresa-mente de licitación pública algunos supuestos de contratación “in house” hasta ahora dudosos. A partir de ahora la participación privada en un adjudicador (público) no será siempre perjudicial.
  • Con la asociación para la innovación se introduce un procedimiento de contratación nuevo y flexible, que tiene por objeto fomentar el desarrollo de productos y prestaciones de servicio/obra innovadores.
  • Por primera vez se regula para toda la UE la exigencia de adjudicación por lotes.
  • Se simplifica el examen de la adecuación. Antes de su exclusión, todo licitador debe tener posibilidad de acreditar su adecuación. Con la introducción del “documento europeo único de contratación” se pretende lograr una simplificación.
  • Los criterios de adjudicación se amplían, incluyendo aspectos cualitativos, medioambientales y sociales. La decisión de adjudicación puede basarse solamente en el precio más bajo.
  • Se endurecen las normas aplicables a las ofertas con precios anormal-mente bajos.
  • Se aclara en qué circunstancias las modificaciones de un contrato durante su ejecución exigen un nuevo procedimiento de contratación. Así, por ejemplo, se admiten las prestaciones adicionales con independencia de su volumen, si ya se prevén en el contrato inicial.

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