La reestructuración de deudas
Ante la inminente obligación de trasposición de la Directiva UE 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo del 20 de julio de 2019 marcos de reestructuración temprana, exoneración de deudas e inhabilitaciones y medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, la recientemente refundida legislación concursal sufrirá una profunda revisión de los institutos preconcursales que se plasma en el Anteproyecto de Reforma del Texto Refundido de Ley Concursal.
La reestructuración de deuda y de los pasivos de una persona física o jurídica es habitualmente el primer estadio de valoración a realizar ante una situación de insolvencia o de falta de liquidez, o de probabilidad de insolvencia, como refiere el Anteproyecto de Reforma del Texto Refundido de Ley Concursal, que lleva a cabo una reforma profunda del derecho preconcursal, introduciendo asi los llamados “planes de reestructuración”, postergando los actuales acuerdos extrajudiciales de pago y acuerdos de refinanciación.
El plan de reestructuración se erige como el epicentro de la reforma legal, y recogerá todo aquello que afecte al activo y pasivo de la compañía, así como a los fondos propios en cuanto a su composición y estructura, y podrá afectar a toda clase de créditos del deudor, agrupando a los acreedores por clases, exigiendo para su aprobación la mayoría de dos tercios del pasivo de cada clase de acreedores, que se eleva hasta las tres cuartas partes del pasivo para créditos con garantía real.
Junto a lo anterior, otra controvertida novedad en la legislación proyectada sobre regulación de la reestructuración de deudas es la referida a la figura del experto en la reestructuración, mediador entre el deudor, los acreedores y el juez, que asistirá a las negociaciones, y será nombrado por éste a propuesta del deudor, o de los acreedores que representen más del cincuenta por cien del pasivo, salvo que el juez no lo considere idóneo. El rol de este experto se centra en la intervención en las negociaciones y en la elaboración del plan de restructuración, así como la elaboración de informes y su presentación al juez, entre los que destaca el informe sobre valor en funcionamiento de la empresa.
Otra de las modificaciones de fondo que la modificación legislativa en tramitación recoge es la posibilidad de suspensión de las ejecuciones contra el concursado, generales y singulares, que busca la preservación de la empresa en funcionamiento y la facilitación del acuerdo de reestructuración.
En suma y definitiva, la reestructuración de deudas va a sufrir una transformación de su tratamiento legal a consecuencia de la trasposición de la Directiva 2019/1023 que comporta la modificación de la legislación concursal en materia preconcursal, fuertemente contestada desde ámbitos concursales, con vocación enfocada a la reestructuración de empresas en insolvencia reconducibles a escenarios de viabilidad en protección del tejido industrial.