La notificación por correo y la notificación a través de organismos judiciales en el espacio europeo | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La notificación por correo y la notificación a través de organismos judiciales en el espacio europeo

31/10/2016
| Medea Smidt
Das Verhältnis zwischen Postzustellung und Zustellung über Empfangsstellen nach der EU - Zustellungsverordnung

El Reglamento (UE) relativo a la notificación y traslado de documentos, que entró en vigor en 2008, prevé varios métodos para notificar en los distintos Estados, entre ellos la notificación por correo, relativamente rápida y sencilla. Se utiliza en muchas ocasiones, pero genera ciertas dudas, ya que su regulación es muy breve. Una de estas cuestiones se refiere a la relación entre la notificación por correo y la notificación a través de organismos judiciales.

El Reglamento no aborda esta cuestión, pero la regulación de la notificación a través de organismos judiciales no sólo se encuentra en primer lugar, sino que también es mucho más detallada que los demás medios previstos. Otro argumento a favor de la prevalencia de la notificación a través de organismos judiciales sobre la notificación por correo es la relativa a la seguridad jurídica. La experiencia demuestra que la notificación por correo no alcanza el nivel de seguridad jurídica que sí garantiza la primera.

Por todo ello, algunos autores defendieron una cierta prevalencia de la notificación a través de organismos judiciales. Sin embargo, el TJUE rechazó esta posibilidad en su sentencia del 9.2.2006, relativa al reglamento entonces vigente. Fundamentó su decisión, por un lado, en su tenor literal, ya que nada indica la intención de establecer jerarquía alguna entre las formas de notificar. Por otro lado, apeló al espíritu y finalidad del Reglamento, definiéndolo como una garantía para la práctica de la notificación, “si bien respetando los intereses legítimos de sus destinatarios”. Esos intereses, según el TJUE, se encuentran garantizados con independencia del medio de notificación que se utilice. Sin embargo, el TJUE no profundizó en si el respeto de esos intereses está asegurado de forma equitativa en todas las formas de notificación. La decisión del TJUE equipara las diferentes formas de notificación, lo que supone que el remitente puede elegir libremente una de ellas o notificar el documento de forma simultánea a través de varios de los medios establecidos.

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