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La moratoria urbanística en la Costa Brava

29/03/2019
| Eva Arrébola
La moratoria urbanística en la Costa Brava

El pasado 18 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña la suspensión del otorgamiento de licencias y de la tramitación de planeamientos urbanísticos y gestión en los municipios costeros de la Costa Brava. Esta suspensión afecta a:

  • Los sectores de desarrollo que: a) se encuentren totalmente o parcialmente dentro de la franja de 500m desde el dominio público marítimo-terrestre y b) que tenga más del 50% de su superficie con pendientes superiores al 20%, tanto si tienen planeamiento derivado aprobado como si todavía se encuentran pendientes de ordenación.
  • Los suelos urbanos sin edificar no incluidos en sectores de desarrollo que: a) se encuentren totalmente o en más de un 50% dentro de la franja de 500 metros desde el dominio público marítimo-terrestre y b) tengan más del 50% de su superficie con pendientes superiores al 20%.

La suspensión se ha adoptado con carácter potestativo y tiene como finalidad la formulación del Plan Director Urbanístico de Revisión de Suelos No Sostenibles del Litoral Gerundense. Este Plan, del que, de momento, únicamente se conoce un avance, llevará a cabo una detallada revisión del litoral de la Costa Brava. Si bien es cierto que la suspensión no afecta a las obras de reforma, rehabilitación y ampliación de los edificios existentes, así como tampoco a los solares no edificados dentro de determinados tejidos históricos y tradicionales, el impacto en promociones y operaciones inmobiliarias en curso es evidente puesto que la suspensión no ha excluido de su ámbito de aplicación aquellas licencias o instrumentos de planeamiento y/o gestión que se hallaban en trámite. Las posibilidades edificatorias de las fincas afectadas, en muchos casos, urbanizadas o en curso de urbanización, se han visto seriamente mermadas y con éstas, de nuevo, la seguridad jurídica que el tráfico inmobiliario requiere para su efectiva consolidación.

 

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