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La incidencia de la “Tasa Google” en España

30/10/2020
| Gustavo Yanes
Die steuerlichen Auswirkungen der Digitalsteuer in Spanien

A pesar de que a nivel de la OCDE no se ha llegado a un acuerdo sobre como enfocar la fiscalidad sobre los servicios digitales, el Gobierno español ha decidido aprobar la denominada Tasa Google, que entrará definitivamente en vigor el 16 de enero de 2021.

Este nuevo impuesto grava determinados servicios de publicidad e intermediación en red – por ejemplo, aquellos prestados por Google, Facebook Booking, Airbnb, Amazon etc. – así como la venta o cesión de datos recopilados de los usuarios. Es importante destacar que la venta de bienes o servicios a través de la página web de un proveedor, en las que este no actúa como intermediario, quedan excluidas. Aquí surge la duda sobre si Netflix, HBO etc. se someterían al impuesto, pero en principio la intención del Ejecutivo es que estas plataformas digitales también tributen por el negocio que generen en España.

Por lo demás, para determinar si la prestación de servicios digitales se lleva a cabo en España, se atenderá a la localización del usuario en el momento de la prestación. A este respecto, y como opinión personal, causa cierto desconcierto qué datos concretos se van a transmitir al Estado sobre cada usuario, pues a la postre son ellos, con su actividad en las redes los que hacen que este impuesto se devengue.

Por último es conocido que este tributo va dirigido a grandes empresas del sector digital, y en concreto de EEUU, que facturen más de 750 millones de euros (3 millones en España), por lo que no son descartables represalias por parte del gobierno norteamericano. Si a ello sumamos su escasa recaudación y el efecto pernicioso en otros impuestos (IVA, sociedades), no podemos afirmar que dicho tributo vaya a tener un efecto neto positivo para las arcas públicas.

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