La declaracion-resumen anual de IVA no interrumpe el plazo de prescripción | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La declaracion-resumen anual de IVA no interrumpe el plazo de prescripción

31/10/2016
| Dr. Sven Haumesser
Die Einreichung der Erklärung zur jährlichen spanischen Umsatzsteuermeldung (IVA) und die Verjährung

En su Resolucion de 22 de septiembre de 2016 el Tribunal Económico-Administrativo Central, en adelante TEAC, examina si la presentacón de la declaración-resumen anual del IVA interrumpe, en este caso, la prescripción de todos los períodos del año 2004 o no, concluyendo que el modelo de declaración-resumen anual presentado por la entidad en enero de 2005 no interrumpe el plazo de prescripción del derecho de la Administración para comprobar y liquidar todos los períodos de liquidación de IVA del ejercicio 2004, sino que habrá que estar al plazo de presentación de la declaración-liquidación de cada período, y su correspondiente plazo de prescripción. Para el TEAC no se pueden equiparar las declaraciones-liquidaciones mensuales o trimestrales y la declaración informativa-resumen anual, pues mientras que la presentación de la declaración-liquidación periódica mensual o trimestral es una obligación formal, instrumento necesario para el cumplimiento de la obligación del pago de la deuda tributaria, la presentación de la declaración-resumen anual supone el cumplimiento de una obligación que facilita la gestión del impuesto, pero cuyo objetivo no es el pago de la deuda que resulta de cada período de liquidación.

El criterio que aplica el TEAC es contrario al establecido por el Tribunal Supremo en su Sentencia de 25 de noviembre de 2009, recurso nº 983/2004, no obstante, para el período analizado en la Sentencia del Tribunal Supremo, existe una diferencia importante en el sentido que se le aplicaba a la declaración-resumen anual en tanto que implicaba una ratificación de las declaraciones-liquidaciones presentadas a lo largo del año.

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