La CNMC multa con 2,46 millones al Consejo General de Procuradores de los Tribunales
El 16 de octubre de 2024, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multó con 2,46 millones de euros al Consejo General de Procuradores de los Tribunales (CGPE) por haber realizado una recomendación colectiva de precios y por difundir información engañosa sobre el carácter de su plataforma www.subastasprocuradores.com.
Según la Resolución, estas prácticas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y una infracción grave del artículo 3 LDC.
El expediente tuvo su origen en una denuncia presentada por Activos Concursales S. L. y, en el mismo, la CNMC identificó que el CGPE había realizado una recomendación colectiva de precios que fijaba las comisiones que podían percibir los colegios de procuradores al operar como entidades especializadas en subastas a través de su plataforma, www.subastasprocuradores.com. Estas comisiones, establecidas en un 4% para bienes inmuebles y entre un 5% y un 15% para bienes muebles, limitaban la capacidad de los procuradores para competir en igualdad de condiciones.
Además, el CGPE promovió su plataforma de subastas como la única alternativa a las subastas del Boletín Oficial del Estado (BOE), actuando no como un órgano administrativo, sino como una empresa. Esta difusión de información engañosa generó la percepción de que su plataforma era más confiable, lo que alteró el comportamiento económico de los operadores del mercado y perjudicó a la competencia.
La CNMC impuso la sanción de 2,46 millones de euros al CGPE por dos infracciones: una infracción única y continuada muy grave, consistente en una recomendación colectiva de precios desde al menos el 13 de mayo de 2016, y una infracción única y continuada grave relacionada con actos de competencia desleal de engaño desde al menos el 7 de mayo de 2019.
Además de la sanción económica, la CNMC ha exigido al CGPE que cese inmediatamente cualquier práctica que limite la competencia. Esto incluye la prohibición de fijar precios mínimos y la obligación de comunicar de forma clara y veraz la naturaleza de su plataforma de subastas, evitando que se presente como una alternativa pública.
Este caso representa un precedente importante en la regulación de los servicios jurídicos en España, subrayando la responsabilidad de los profesionales del derecho de adherirse a las normativas de competencia.