La CNMC autoriza la adquisición de varios supermercados del Grupo Dia por parte de Alcampo sujeta a compromisos | LEX | La Plataforma Jurídica Hispano-Alemana de Referencia Pasar al contenido principal

La CNMC autoriza la adquisición de varios supermercados del Grupo Dia por parte de Alcampo sujeta a compromisos

30/06/2023
| Carlos Vérgez, Aida Oviedo, Eduardo Crespo
Die spanische Wettbewerbsbehörde genehmigt den Erwerb mehrerer Supermärkte von Grupo Dia seitens Alcampo vorbehaltlich bestimmter Verpflichtungen]

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), mediante Resolución de fecha 1 de marzo de 2023 ha autorizado, en primera fase y con compromisos, la adquisición, por parte de Alcampo (filial española de la sociedad francesa Auchan Retail), de 234 supermercados y la actividad de plataforma logística de dos naves situadas en Villanubla (Valladolid) (Target) pertenecientes al Grupo Día (Operación). La Operación afectaba al sector de distribución minorista de productos de consumo diario en formato de libre servicio en el que Alcampo y la Target se solapaban horizontalmente.

Según la Resolución, la Operación tenía dimensión comunitaria y, en principio, debería haberse notificado ante la Comisión Europea. No obstante, mediante el llamado “mecanismo de reenvío” (previsto en el artículo 4.4. del Reglamento 139/2004 sobre el control de concentraciones entre empresas), que permite a la parte notificante solicitar a la Comisión Europea que una operación sea analizada por la autoridad de competencia de un Estado Miembro (aun alcanzando el umbral de notificación de la normativa europea), por afectar de manera significativa a la competencia en el mercado de dicho Estado, la Operación fue finalmente notificada ante la CNMC.

En particular, la Operación cumplía los dos umbrales de la normativa española de competencia: el de cuota de mercado (como consecuencia de la Operación, se alcanzaba una cuota de mercado del 30% o más en el mercado relevante de producto y geográfico) y el de volumen de negocios (la suma de la facturación de la empresa adquirente y la Target supere en el último ejercicio 240 millones de euros en España, siempre y cuando al menos dos de las empresas partícipes realicen individualmente un volumen de negocios superior a 60 millones de euros en España).

La Resolución indica que la Operación solo podría ser autorizada en primera fase si se adoptaban una serie de compromisos por parte de Alcampo que, a juicio de la CNMC, resolvieran los obstáculos a la competencia que la Operación podía entrañar. En concreto, como consecuencia de la Operación y debido a su ya elevada posición previa y a la ausencia de presión competitiva, Alcampo alcanzaría cuotas muy elevadas en diversos municipios y, en especial, en el de Ejea de los Caballeros (Zaragoza) y en un área definida en el centro de Zaragoza capital.

Por ello, Alcampo presentó una serie de compromisos con el fin de eliminar los riesgos de competencia de la Operación que la CNMC concluyó suficientes para resolver los riesgos generados. En particular, los compromisos adoptados fueron tanto de carácter estructural (compromisos de desinversión de supermercados en Egea de los Caballeros y en el centro de Zaragoza) como de comportamiento (entre otros, compromiso de no adquisición, en el futuro, de establecimientos en el centro de Zaragoza).

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