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La CNMC actualiza su Guía de programas de cumplimiento en materia de competencia

30/06/2026
| Carlos Vérgez, Aida Oviedo, Aitana Arellano
Die spanische Wettbewerbsbehörde aktualisiert ihren Leitfaden für Compliance-Programme im Wettbewerbsrecht

Con fecha 7 de mayo, la CNMC publicó el borrador de actualización de la Guía de programas de cumplimiento en materia de competencia de 2020, sometiéndolo a consulta pública con el propósito de recabar observaciones de los interesados y proceder, posteriormente, a la aprobación de su versión definitiva, que tuvo lugar el 9 de junio.

Los programas de cumplimiento constituyen una herramienta clave para promover el respeto de la normativa en materia de competencia y han adquirido una creciente relevancia, en la medida en que pueden generar beneficios para aquellas empresas que disponen de sistemas de compliance eficaces.

A continuación, se exponen los aspectos principales de esta actualización.

En primer lugar, la Guía realiza una modificación relativa a las infracciones de los directivos. Se prevé que la participación de un directivo en una infracción grave o muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) podría determinar que el programa sea calificado como ineficaz.

En segundo lugar, la Guía desarrolla los conceptos de independencia y autonomía del responsable de cumplimiento, analizando aspectos esenciales como el acceso al órgano de administración, la protección frente a injerencias indebidas, la suficiencia de recursos en función del tamaño y de los riesgos a los que se expone la empresa, la separación funcional respecto de otras áreas o la existencia de una línea de reporte directa.

En tercer lugar, la Guía lleva a cabo una interpretación estricta de los conceptos de “mapa de riesgo” y “matriz de controles”. En este sentido, se establece la necesidad de elaborar un mapa de riesgos dinámico, operativo y adaptado a la actividad de la empresa en su contexto actual, con una matriz de controles asociada al mismo. Asimismo, se subraya que la eficacia de estos instrumentos no radica en su capacidad para eliminar los riesgos, sino en su idoneidad para identificarlos, prevenirlos y reconducirlos. Finalmente, se incorpora un nuevo factor relevante que considerar: los riesgos tecnológicos emergentes, en particular aquellos vinculados a colusiones algorítmicas.

En cuarto lugar, la Guía identifica los efectos positivos de implementar un sistema sólido y eficaz. Por un lado, se introducen nuevos requisitos específicos para la aplicación de la atenuación o exención de multa, tales como la presentación temprana y efectiva del programa, la colaboración activa con la autoridad y existencia de una conexión material entre programa y la detección de la infracción. Por otro lado, se flexibilizan los requisitos relativos a la prohibición de contratar, permitiendo la aportación del programa durante el procedimiento sancionador o incluso con posterioridad.

En definitiva, la actualización refuerza la exigencia de programas de cumplimiento dinámicos y efectivos, evitando los programas cosméticos. Las empresas que operan en España deberán adaptarse para poder beneficiarse de las reducciones de multa y de los levantamientos de las prohibiciones de contratar.

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